El feminicidio u homicidio de una mujer,  doloso, con premeditación, alevosía, ventaja e, incluso, traición, que se lleva  a cabo con extrema crueldad, no es un fenómeno en aumento. “Si se revisa la  historia de la humanidad, las violaciones y asesinatos en nuestra contra han  existido siempre”, afirmó Alicia Elena Pérez Duarte y Noroña, integrante del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM.
            Hoy hemos logrado poner el tema sobre la mesa,  llamar la atención de los gobiernos y las sociedades sobre esta problemática, y  en el establecimiento de mecanismos que definen y sancionan, dijo en el marco del  Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, que se  conmemora hoy, 25 de noviembre.
            No obstante, desde que se tiene definido el  feminicidio, “estamos frente a una situación preocupante. Además, en el grueso  de los casos el responsable es alguien cercano a la asesinada, empezando por el  esposo, novio, compañero o amante”, resaltó.
            Ese concepto deriva del inglés femicide, que la feminista Diana Russell  propuso para hacer referencia a una situación histórica, crónica y sistemática  de violencia de género en contra de las mujeres, que además tiene una  connotación de tolerancia social, de impunidad y generalidad. No ocurre en una,  sino en todas las sociedades patriarcales, es decir, en todo el mundo, aclaró  la universitaria.
            Sin embargo, abundó Pérez Duarte y Noroña, el  tipo penal es muy complejo, porque abarca una serie de elementos “que nuestros  juzgadores no están acostumbrados a valorar”. 
            Ese tipo penal señala que se trata del  asesinato por “razón de género”, lo que significa que las matan sólo por ser  mujer, sin ningún otro motivo. No hay otro móvil para cometer el delito: no es  por venganza, robo o crimen pasional. Es una cuestión relacionada con las  raíces profundas de la misoginia, del odio o del temor hacia las mujeres. Un  hombre simplemente se siente con derecho a agredirla hasta el asesinato.
            Como tipo penal es difícil de definir y, sobre  todo, de analizar y probar frente a un caso concreto, refirió la experta. En  México, el primer concepto legal que apareció fue el de violencia feminicida:  en contra de las mujeres, sistemática, en un lugar y tiempo determinados, y que  engloba la impunidad. No se refería a un crimen concreto, sino a una situación  de violencia.
            Primero en Chihuahua, luego en el resto de las  entidades federativas, se comenzó a definir el tipo penal del feminicidio. El  concepto es nuevo, tanto que la primera de las definiciones se estableció en  2011. Se buscó para significar la problemática de la violencia de género y  mandar una señal clara del rechazo a la misma.
            “Como feminista concibo la necesidad del nuevo  concepto, pero como jurista entiendo las dificultades que hay en el ministerio  público y en tribunales para investigar y luego sancionar el delito”.
            El sujeto activo responsable de un feminicidio  sólo puede ser un hombre, y la víctima, una mujer. “Si una mujer mata a otra,  estamos frente a un homicidio que puede ser calificado, pero no frente a un  feminicidio, porque falta la razón patriarcal que aglutina al concepto”.
            Entramos en una fuerte problemática si la  víctima es una mujer transgénero, ejemplificó; si quien la asesina no tiene  idea de que lo es, si no hay otra razón más que considerarla mujer, habría  feminicidio; pero si la matan por homofobia, no lo es. Es una situación  compleja para quien va a sancionar, remarcó.
            Llamar la atención sobre la violencia de género  ha dado resultados. Desde luego, “no son satisfactorios, porque ahí sigue y hay  situaciones inmanejables”. En promedio, según el INEGI, se estima que durante  2013 y 2014 fueron asesinadas siete mujeres diariamente en el país. 
            Entre 2011 y 2013 las entidades que presentaron  las tasas más altas fueron Guerrero, Chihuahua, Tamaulipas, Coahuila, Durango,  Colima, Nuevo León, Morelos, Zacatecas, Sinaloa, Baja California y Estado de  México.
            Para prevenir el fenómeno se requieren dos  elementos: información constante a la población de que la violencia hacia este  género es inaceptable en un país democrático. Y que las autoridades hablen un  mismo lenguaje para poder prevenir, investigar y sancionar.
            “Si cada autoridad entiende de manera distinta  lo que significa violencia de género en contra de las mujeres, si cada una  planea sus propias estrategias de trabajo, o no las tiene, y establece por  separado criterios para la investigación de un acto violento, seguirá habiendo  impunidad”, concluyó.
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