Boletín UNAM-DGCS-528
Ciudad Universitaria
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final del boletín
LAS UNIVERSIDADES,
CRUCIALES EN MATERIA DE PROPIEDAD INTELECTUAL
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Actualmente, los contenidos digitales
tienen un autor, incluso los sitios colaborativos con una estructura coloquial,
como los blogs, destacó
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Hoy, se tiene más contacto con los
creadores de textos publicados en Internet, pero la tecnología, por sus propias
características, también permite la ocultación o cambio de identidad
En muchos países las universidades son las principales generadoras de
conocimiento e inventos y juegan un papel crucial en la cuestión de la
propiedad intelectual, afirmó la investigadora de
“No obstante, para generar cognición también se debe utilizar la de
otros y desde el punto de vista de los derechos de autor, los académicos son
productores y consumidores de la misma”, precisó al dictar
Por tanto, señaló, los usuarios deben respetar la propiedad
intelectual, así como definir una postura respecto al uso que van a permitir de
su obra.
Los contenidos digitales tienen un creador, incluso los sitios
colaborativos con una estructura coloquial, como el caso de los blogs, hechos por personas que muchas
veces no tienen el hábito de escribir, donde no se requiere un trabajo de
edición y corrección de estilo, indicó en el auditorio de
Actualmente, se puede tener más contacto con los autores de textos
publicados en Internet, aunque esta tecnología, por sus
propias características, también permite la ocultación o cambio de identidad,
mencionó.
Sin embargo, acotó, una ventaja de este medio es la inmediatez, pues ya
no se tiene que pasar por un proceso de edición complejo y esperar dos o tres
años para que se publique un libro.
Desde hace tiempo, se ha afirmado la crisis de la autoría, e incluso
hay quienes han hablado de la muerte del
creador porque, argumentan, un texto no es contenido ni obra, hasta que no
tiene un lector, comentó. En ese sentido, la búsqueda de información por Internet lleva al desconocimiento del
artista, porque los usuarios se interesan más por los temas, sin importar quién
los escribe.
En 1709, con el Estatuto de
Al documento se le considera el antecedente del copyright, empleado en Inglaterra y Estados Unidos, pero “hay
quienes dicen que en la época medieval empezaron los primeros esfuerzos en esta
dirección, con el fin de sancionar a quienes hacían cierto tipo de escritos”,
argumentó.
El primer esfuerzo internacional, añadió, fue el Tratado de Berna en
1886, y en México, se tuvo
Si se toma en cuenta que la web surgió en los años 70, se puede decir que durante 30
años se utilizaron aquéllos sin estar considerados en las leyes. En ese
sentido, recalcó, existe un retraso impresionante entre la legislación y los
avances tecnológicos surgidos en las últimas décadas.
La académica explicó que la propiedad intelectual protege todo lo que
crea el hombre, y lo concerniente a contenidos digitales se considera en el
rubro de desarrollos y diseños. En estas obras, explicó, los derechos conexos
toman más valor que los del propio creador, porque para producirlas requiere de
otras personas como un programador, un diseñador gráfico, un musicalizador, ilustrador y desarrollador.
Respecto de las bibliotecas digitales, agregó,
Finalmente, López Guzmán
comentó que
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FOTO 01.
La investigadora
de
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La búsqueda de
información por Internet lleva al desconocimiento del artista, pues los
usuarios se interesan más por los temas, sin importar quién escribe, señaló la
experta de