Boletín
UNAM-DGCS-454
Ciudad Universitaria
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Señaló
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Se necesitaría establecer
requisitos, como el otorgarlo a quienes comprobasen perder su actividad en el
sector formal, y tener cotizaciones, dijo
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Es uno de los elementos
fundamentales de la seguridad social, y resuelve la falta de ingreso de un
trabajador que fue despedido o renunció a sus labores, indicó
En México es viable establecer el seguro de
desempleo; si se empieza a diseñar esta figura desde hoy, en el mediano plazo
se podría implantar esta posibilidad “que reafirmaría los nuevos alcances del
Derecho del Trabajo”, expresó
Para ello se requeriría cumplir ciertos
requisitos, como ocurre en otros países: otorgarlo a quienes pudiesen comprobar
que efectivamente perdieron su actividad en el sector formal, y que tengan un
número determinado de cotizaciones en la seguridad social, además de ser de
forma temporal, añadió.
“Este
tipo de temas, más allá de clasificarlos ideológicamente, habría que pensarlos
como políticas de Estado que necesariamente buscan el bienestar social y además
no son cuestionables”, aclaró.
El seguro de desempleo, prosiguió el
especialista, es uno de los elementos fundamentales de la seguridad social, el
cual tiene como función paliar la falta de ingreso de un trabajador que fue
despedido o renunció a sus labores. Busca dotarlo de ingresos suficientes
durante el tiempo que dure desempleado.
Su aplicación varía de país a país, continuó
el también profesor de
“Puede reflejar –indicó Sánchez Castañeda– dos situaciones de una sociedad. Una, que se
trata de un Estado desarrollado o está en vías de consolidarse como tal, y que
existe una economía sólida”. Evidentemente México estará o ya transita en esos
estadios, y para proteger a su población debería pensar en esta posibilidad.
Algunas naciones latinoamericanas, como
Argentina, Brasil, Chile, Uruguay, Venezuela y Ecuador cuentan con él, “pero
esto no significa necesariamente que los trabajadores se encuentren protegidos,
pues si bien es cierto que se prevé la figura, son restrictivos”. En el caso
del último país sólo se contempla un pago único, afirmó.
México, en principio, no cuenta con esta
compensación, aunque deben hacerse dos matices, porque los trabajadores tienen
un seguro de retiro, de cesantía, el cual permite en edad avanzada, en caso de
pérdida de empleo, hacer un retiro de su cuenta. Empero, abundó, es una
cantidad marginal y no va más allá del 10 por ciento de lo ahorrado.
El
otro viso que contempla la legislación mexicana es que si un asalariado es
despedido por una causa injustificada, éste tiene derecho a una indemnización
dependiendo del tipo de contrato establecido. Finalmente, ese dinero le
permitirá cubrir el tiempo del desempleo, apuntó.
Esta situación dista de ser perfecta, expuso:
alrededor del 30 por ciento de
En estricto sentido, el seguro de desempleo
es una garantía de naturaleza económica y es compatible con las pensiones a
gente con algún tipo de discapacidad, de edad avanzada o a madres solteras, lo
que muestra un interés del Estado por proteger a estos segmentos, y en
estimularlos para conseguir una nueva fuente de trabajo, especificó.
Una de las características de la seguridad
social, aclaró, es la solidaridad, tanto de los trabajadores como de los
empleadores; otra es la responsabilidad del Estado, respecto a que quien pierda
su empleo cuente con ingresos. En países como Alemania hay un interés porque
las personas no se queden sin recursos económicos.
Por ello podría instituirse, sugirió, una
contribución especial generalizada, es decir, un impuesto que pagarían todos
los que trabajan y el cual se destinaría al financiamiento de prestaciones, en
particular el seguro de desempleo: del Impuesto sobre
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FOTO 01
En México es
viable establecer el seguro de desempleo, expresó
FOTO 02.
El investigador de