Boletín
UNAM-DGCS-176
Ciudad Universitaria
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Pie de foto al final del boletín
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Señaló Luciano Silva Ramírez, docente de la
Facultad de Derecho de la UNAM
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Existen graves fallas técnicas que provocan
incertidumbre jurídica, aseveró
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Participó en el homenaje al profesor emérito
Ignacio Burgoa Orihuela, organizado por esa entidad
Es necesaria una
reforma a la Carta Magna y a la Ley de Amparo, ante las graves fallas técnicas
“que provocan incertidumbre jurídica y ocasionan que los fallos de esa
materia no se acaten”, señaló Luciano
Silva Ramírez, docente de la Facultad de Derecho (FD) de la UNAM, durante el
homenaje al profesor emérito Ignacio Burgoa Orihuela, organizado por esa
entidad.
Indicó –acompañado
por Ignacio Burgoa Llano– que con la actual fracción 16 del artículo 107 de la
Constitución se desnaturaliza este juicio, por lo que es urgente una
modificación, lo que también implica cambios al Capítulo 12 de la Ley
respectiva, referida a la ejecución de las sentencias, la cual se regula de los
artículos 104 al 113.
Durante el acto en
memoria de Ignacio Burgoa Orihuela –uno de los principales exponentes del
juicio de amparo–, Silva Ramírez agregó que en el actual contexto legal, con
abundancia de tecnicismos, las partes parecen entrar en un laberinto, donde se
llegan a perder también los propios tribunales especializados.
En la División de
Estudios de Posgrado de la FD, apuntó que es cuestionable que la actual
fracción 16 del artículo 107 de la Carta Magna, en su primer párrafo, se refiera
a “causa excusable o inexcusable” para el cumplimiento de ejecución de las
sentencias, ya que el orden constitucional no tiene tal condición; debe
acatarse en forma llana, además de que dicho texto da margen a la incertidumbre
jurídica, al no precisarse un plazo perentorio de los fallos.
Expresó que la
antigua redacción de esa disposición –hasta
antes de las reformas introducidas en 1994– era tajante y precisa, al
establecer que si una vez concedido el amparo los responsables intentaban
eludir la ejecutoria, serían inmediatamente separados del cargo y consignados
al juez de distrito.
Concluyó que el cumplimiento de las
sentencias es una cuestión de orden público, por lo otro aspecto grave es que
al establecerse la caducidad en los
procedimientos tendentes a su consumación, se va en contra de la propia
Constitución, porque se busca una justicia pronta, expedita, efectiva y
completa.
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FOTO 01
Asistentes al
ciclo de conferencias en homenaje al profesor emérito Ignacio Burgoa Orihuela,
efectuado en la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho de
la UNAM.
FOTO 02.
El profesor
Luciano Silva Ramírez dijo, en la Facultad de Derecho de la UNAM, que es
necesaria una reforma a la Carta Magna y a la Ley de Amparo. Le acompañan
Ignacio Burgoa Llano y Elizabeth Aquino.