Boletín
UNAM-DGCS-147
Ciudad Universitaria
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del boletín
MÉXICO, EJEMPLO EN ORGANIZACIÓN DE COMICIOS EN EL MUNDO
·
Afirmó en la UNAM Fernando Ojesto Martínez
Porcayo, magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial
de la Federación
·
En México se tiene una autoridad autónoma e
imparcial: el IFE, y un Tribunal, que con profesionalización resuelve los
conflictos, aseguró
· Dictó la conferencia Evolución de la Justicia Electoral en México
México ha
registrado importantes logros en materia de justicia electoral e, incluso, ha
llegado a ser ejemplo de organización de comicios en el orbe, afirmó en la UNAM
Fernando Ojesto Martínez Porcayo, magistrado de la Sala Superior del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
En la actualidad se tiene “una autoridad autónoma e
imparcial: el Instituto Federal Electoral (IFE) –conformado solamente por
ciudadanos, en donde el gobierno no organiza las elecciones–, y un Tribunal
que, a través de la profesionalización resuelve los conflictos”. Este mecanismo
dual, “es paradigmático en el mundo y, de hecho, se habla ahora del sistema
mexicano”, aseveró.
El TEPJF
“tuvo el honor de presidir la Unión de Organismos Electorales de América
Latina” en 1997, recordó, cuando una década antes –en el Curso Interamericano
de Derecho Electoral, patrocinado por la Organización de Estados Americanos– no
se incluyó a México.
Ojesto Martínez dijo estar convencido de que, en general,
los conflictos en esta materia no podrían ser resueltos de manera política,
sino, como sucede ahora en el territorio, ser sometidos a un escrutinio claro,
objetivo y neutral, y a la aplicación experta y profesional de la ley.
Al dictar
la conferencia Evolución de la Justicia Electoral en México, ante alumnos de la
Escuela Nacional Preparatoria, plantel 4, el magistrado aseveró que la
regulación legal de los procesos comiciales y las reglas referentes a la
solución de controversias, tienen una añeja trayectoria en nuestra historia.
“Desde la convocatoria a Cortes de 1810, cuando la Nueva España envió diputados
a Sevilla, se han celebrado con toda periodicidad procesos eleccionarios”.
Añadió que
la justicia electoral mexicana puede dividirse en varios períodos. El primero
sería de 1812 a 1856, cuando los diferendos eran dirimidos por el Poder
Legislativo. De acuerdo con las constituciones de 1824, 1843 y 1847, esta
soberanía era la única con facultades no sólo para calificar las jornadas, sino
para interpretar las disposiciones, declarándolas conformes o no a la Carta
Magna.
Con la vigencia de la Constitución de 1857 se operó un
cambio en el Derecho Público patrio al limitar a ese Poder y darle al Judicial
una injerencia mayor no sólo en esta materia, sino en el control de la
constitucionalidad de las leyes y actos de autoridades. Estas nuevas
atribuciones de la Corte se derivaron sobre todo de la influencia que el
sistema norteamericano tuvo en los redactores de este texto, refirió.
De 1882 a
1977 no hubieron grandes mutaciones, la facultad de dirimir las controversias
electorales se dejó a las autoridades designadas y en última instancia a los
Colegios Electorales. En realidad, apuntó, durante esta época los comicios
fueron un trámite más administrativo, bajo la regulación de la Ley Orgánica
Electoral expedida en 1857 y que contenía muchos de los principios que desde
Cádiz estaban vigentes.
De 1977 a 1996, indicó, la última reforma legal conjugó
una añeja tradición de no inmiscuir a la Suprema Corte de Justicia en estas
cuestiones, con la exigencia de los partidos, sociedad y estudiosos, relativa a
colmar el vacío de protección constitucional y legal de los derechos políticos
más elementales de los ciudadanos.
Así como el de someter a la Carta Fundamental no sólo las
leyes electorales, sino también los actos de las autoridades tanto federales
como locales, encargadas de organizar y calificar las jornadas, y en esta
fórmula encontró cabida el principio de especialización jurisdiccional, que se
había introducido a través de la creación de los anteriores Tribunales
Contencioso Electoral y Federal Electoral.
Con eso, detalló, se logró un sistema integral que
fortalece al Estado de derecho, pues ahora existe una defensa de la
Constitución en este rubro, que incluye no solo la posibilidad de desaplicar
las normas contrarias al texto constitucional, sino que esta protección se
extiende a la posibilidad de dejar sin efectos a los actos y resoluciones de
las autoridades electorales, ya sean federales o locales, que vulneran a
nuestra Carta Magna.
El sistema también colma un viejo vacío, al garantizar
jurídicamente el goce y ejercicio de los derechos políticos electorales del
ciudadano. Con base en estas consideraciones se tiene la convicción de que este
nuevo sistema jurisdiccional es un sólido pilar que coadyuva al avance democrático
nacional, concluyó.
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1
Fernando
Ojesto Martínez Porcayo, magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral
del Poder Judicial de la Federación, ofreció a estudiantes de la UNAM la
conferencia Evolución de la Justicia Electoral en México.
FOTO
2.
El magistrado Fernando Ojesto Martínez dijo en la UNAM que México ha registrado importantes logros en justicia electoral e, incluso, ha llegado a ser ejemplo de organización de comicios en el orbe.