Boletín UNAM-DGCS-660
Ciudad Universitaria
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Pies de foto al final del boletín
AVENTAJA RÉGIMEN
ELECTORAL A CULTURA POLÍTICA EN MÉXICO
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Señaló en la UNAM Dieter Nohlen, catedrático
de ciencia política en la Universidad de Heidelberg, Alemania
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El magistrado Jesús Orozco, expuso que el
régimen constitucional y legal electoral mexicano, ofrece un marco razonable y
suficiente para garantizar elecciones libres
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Participaron en la última mesa del Seminario
“Propaganda y Publicidad en Campañas Electorales. Hacia la elección federal del
2006”
El perfeccionamiento del régimen electoral mexicano ha aventajado el
desarrollo de la cultura política del país, por lo que los problemas actuales
no derivan del derecho, sino de los actores políticos que no acatan las reglas,
aseveró en la UNAM el reconocido científico social Dieter Nohlen.
El catedrático de ciencia política en la Universidad de Heidelberg,
Alemania, precisó que dichos personajes exigen disposiciones, pero no se
adaptan a ellas.
Al participar en el Seminario “Propaganda y Publicidad en Campañas
Electorales. Hacia la elección federal del 2006”, organizado por el Instituto
de Investigaciones Jurídicas, expuso que los países con democracias jóvenes se
han visto obligados a establecer toda una arquitectura institucional para
garantizar la celebración de elecciones libres y honestas.
Sin embargo, insistió, los problemas de los contendientes para respetar
las reglas del juego, mezclados con juicios morales, tienden a cubrir buena
parte del temario de la propia propaganda electoral y se retira la atención de
lo fundamental como son las políticas públicas.
“Dado el bajo nivel de la cultura institucional, estos conflictos
aumentan el grado de emocionalidad de las campañas electorales y producen discursos populistas que actúan como un imán
para las poblaciones, influyendo así de manera considerable en la comunicación
entre líderes y masas”, advirtió.
Indicó en la mesa “Propaganda y publicidad electorales: un punto de
vista comparado”, que la difusión comicial se inscribe en un proceso de
persuasión y da importancia a elementos meramente emotivos, al tiempo que
recurre a estereotipos.
El líder populista, apuntó, apela en su argumentación a los aspectos
irracionales, antes que a los lógicos racionales de que disponen los
individuos. Elige sus palabras no tanto por su adecuación al objeto, como por
el efecto que en cada caso quieren obtener de ellas.
Tal vez, dijo, el populismo no
sea otra cosa “que un caso extremo de
lo que más moderadamente constituye el marco de la oferta política ordinaria”.
Señaló que América Latina ha llegado a una democracia donde sólo está
funcionando lo electoral, y el resto no corresponde a los patrones de una
democracia moderna, representativa u occidental.
En su oportunidad, el
magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación, Jesús Orozco, expuso que el régimen constitucional y legal
electoral mexicano, así como el correspondiente diseño institucional,
comparándolo con el vigente en otros países, ofrecen un marco razonable y
suficiente para garantizar elecciones libres y auténticas.
Ello reclama un renovado compromiso de los actores políticos, partidos
y ciudadanos para ajustarse a la disposición legal y constitucional aplicable,
así como a utilizar los canales establecidos para la resolución de los
conflictos electorales, añadió.
Señaló que existen en México medios directos e indirectos de control de la regularidad electoral, a fin de
asegurar la eficacia y vigencia del régimen jurídico en materia de propaganda,
campaña y precampañas electorales.
Entre éstos últimos se encuentra el procedimiento administrativo
sancionador, a través del cual la
autoridad correspondiente impone sanciones al partido político infractor,
constituyendo mecanismos represivos e indirectos a fin de lograr la eficacia
del orden legal, detalló.
Adicionalmente existen mecanismos directores de control de la
regularidad electoral, a través del sistema de medios de impugnación en la
materia, bajo la competencia de los tribunales.
En la regulación de las campañas entre las 32 entidades federativas de
México pueden identificarse tres grandes grupos. El primero corresponde a
aquellas 15 en que no existen disposiciones legales expresas sobre las precampañas, y las autoridades tampoco han
previsto reglamentación alguna, informó.
En el segundo están comprendidas otras 15, en cuya normatividad se
prevén expresamente las campañas, con independencia de que a la par se hubieren
emitido acuerdos o reglamentos sobre el tema, expuso.
En el tercer grupo se encuentran
aquellas dos en que las autoridades establecieron una reglamentación
específica, concluyó.
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FOTO 1.
Dieter Nohlen y Jesús Orozco participaron en la última
mesa del Seminario “Propaganda y Publicidad en Campañas Electorales. Hacia la
elección federal del 2006”.
FOTO 2
Asistentes a la mesa “Propaganda y publicidad electorales: un punto de vista comparado”, en el IIJ de la UNAM.