Boletín UNAM-DGCS-085
Ciudad Universitaria
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LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE MÉXICO NECESITA CAMBIOS PROFUNDOS
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Constitucionalistas de la Facultad de
Derecho de la UNAM sostuvieron que la Carta Magna está vigente y colma con suficiencia
la vida nacional
·
Sin embargo, señalaron que de las casi 400
modificaciones a diversos artículos, el 25 por ciento no cumple con su
finalidad de creación
A 87 años de ser promulgada,
la Constitución Política de México está vigente y colma con suficiencia la vida
nacional, pero requiere “remozamiento”
y permanente revisión para estar acorde con la situación actual del país. Sin
embargo, estos cambios deben ser profundos y beneficiar a la ciudadanía y a la
nación en general y no a proyectos sexenales, pues una vez que concluye la
gestión del presidente que los propuso se convierten en “letra muerta”.
Así, de las casi 400 reformas a varios de
los 136 artículos que la componen desde 1917 y que fueron resultado de la obra
del Constituyente de Querétaro de 1916, cerca del 25 por ciento no cumplió con
la finalidad para la cual fueron modificados.
Los constitucionalistas de la
Facultad de Derecho (FD) de la UNAM, Francisco Venegas Trejo, Luciano Silva
Ramírez, Rosa María Gutiérrez Rosas y Felipe Rosas dejaron en claro que no se
trata de abolirla, desaparecerla o crear otra, sólo requiere modificaciones de
acuerdo con las necesidades del país en este siglo XXI.
Detallaron que el presidente
que le hizo menos cambios fue Adolfo Ruiz Cortines, con dos solamente.
Mientras, los mandatarios que realizaron un mayor número –más de 50– fueron
Ernesto Zedillo, Miguel de la Madrid y Carlos Salinas de Gortari.
Indicaron que hay “artículos
demagógicos que no dicen nada”. Sólo son buenos principios. Un caso concreto es
el cuarto constitucional, mediante el cual Luis Echeverría estableció la
igualdad entre el hombre y la mujer, lo cual fue muy plausible. Después señala
que toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e
informada sobre el número de hijos, aunque nadie le obliga a procrear; toda
persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y
bienestar, el derecho a la ecología, aunque también habría que cumplirlo.
El director del Seminario de
Derecho Constitucional y Amparo de la FD, Francisco Venegas Trejo, precisó que
la Constitución ha servido, ha sido útil y, en este siglo, podrá ser objeto de
modificaciones y actualizaciones que permitan seguir adelante, por lo que le
pronosticó buenos augurios. Sin
embargo, advirtió, uno de los problemas de México son los hombres, “quienes no
saben vivir”.
Autoridades gubernamentales,
dijo, procuran eludirla o interpretarla para que les sea favorable. Mientras,
los particulares no exigen siempre su respeto irrestricto y propician que se
ponga en entredicho su eficacia. De ahí, la necesidad de darle vida al texto y
tener el valor de cumplir los compromisos.
Explicó que este documento es
el pacto social de convivencia de un pueblo soberano, que puede cambiar su
forma de gobierno o actualizar sus aspectos, principios, artículos e
instituciones que permitan a México estar a la altura del siglo XXI.
Empero, “no puede ser una
cadena que ate al pueblo a un pasado, sino una legislación que procure el
cambio y propicie para el entendimiento, la colaboración y –ahora– el
intercambio internacional eficaz, dinámico y productivo”. De esta manera, se
busca el acercamiento con otras naciones y el desarrollo común de la humanidad.
La Constitución, planteó, ha
sido modificada en muchas ocasiones, pero es justificado porque nos debe
permitir vivir bien hoy y proyectarnos para el futuro. Por tal motivo, debe ser
una ley que permita el cambio razonado y concertado, para avanzar y mantener el
orden, la paz y el progreso.
El problema, advirtió, es la
falta de acuerdos entre los partidos políticos para sacar adelante las reformas
convenientes que permitan llevar a cabo proyectos gubernamentales de gran
envergadura.
El especialista consideró que,
a 13 años del centenario de su creación, el mejor homenaje que se le puede
brindar es prepararnos para una renovación y reestructuración completa.
Requiere una “remozada general” para que sea más viable.
Venegas Trejo aclaró que en la
realidad “no es la Constitución sino los humanos los que se deben preparar para
vivirla. El mejor camino para la vida constitucional efectiva es la educación,
la cual debe ser completa”.
Precisó que la Carta Magna es
guía de existencia y de convivencia, no solución a los problemas. Se debe
considerar otro método para resolverlos, a condición de que los ciudadanos sean
capaces de llevar a cabo sus postulados, principios y directrices. Sólo así se
vivirá en democracia y se tendrá un país soberano y autosuficiente.
El doctor en Derecho
constitucional dijo que aún cuando son casi 400 reformas a la Carta
fundamental, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, si se suman los
párrafos y adiciones se traducen a más de 600 modificaciones.
A su juicio, ningún presidente
ha violado esta ley fundamental. Todo gobernante en México o cualquier país
tiende a eludirla pues le estorba y sólo quiere ejercer el poder. Antes el PRI
controlaba y hacía las reformas que quería. En cambio, el actual presidente
está ”atado” por el Congreso, del que no tiene control completo. En general,
refirió, siempre ha habido respeto formal a la legislación.
La Constitución es un
compromiso de existencia que se ratifica a diario. Su aceptación implica
cumplimiento como gobernantes o particulares, porque sólo así tendrá sentido y
eficacia.
Una permanente adecuación
Por su parte, el especialista
en amparo y Derecho constitucional, Luciano Silva Ramírez, coincidió en que
esta Carta sigue siendo el ordenamiento supremo fundamental, pues ha demostrado
su prestancia jurídica, pero requiere actualizarse con reformas que normen los
aspectos políticos, económicos, sociales y culturales de México. Ello, aclaró,
no significa que deba elaborarse una nueva.
Estas modificaciones, recalcó,
no deben derivarse de las opiniones surgidas en las campañas políticas, pues se
vuelven proyectos sexenales y después en “letra muerta”.
A su vez, la académica
constitucionalista, Rosa María Gutiérrez Rosas, sostuvo que no hay necesidad de
expedir un nuevo ordenamiento porque la médula espinal de nuestro país está
perfectamente delineada. Es decir, nuestra forma de Estado y gobierno está bien
establecida.
No obstante, manifestó, carece
de técnica jurídica. Consideró normal esta situación porque de la época en que
fue redactada a los años recientes, el lenguaje jurídico–técnico–político ha
sufrido múltiples cambios y variantes.
Comentó que si se comparan
artículos no reformados con otros ya modificados, es notorio que no se tiene un
manejo uniforme del lenguaje.
Por ello, se mostró convencida
de que esa norma merece una permanente revisión. Lo fundamental es que vaya
acorde con la realidad presente, sea congruente, afín y tenga vinculación con
el país al que regula y le da un marco de derecho.
Expresó preocupación porque
las reformas sean las adecuadas, dado que se tiende a comparar a México con
países como Estados Unidos, donde el sistema jurídico es por completo distinto.
Una reforma importante, dijo,
es la referente al régimen de gobierno del Distrito Federal, pero falta mucho
por hacer en cuanto a la forma de gobernarnos.
Rosa María Gutiérrez explicó
las funciones de este documento, el cual debe reflejar las metas, aspiraciones
y principios de un pueblo. Establece que en México hay una federación y la
forma de gobierno es un régimen presidencialista que si bien “todavía tiene
algunos vicios”, doctrinalmente está comprobado que es con el que se puede dar
mayor nitidez a la democracia.
En la Constitución están
definidas las funciones que tiene el gobierno en sus tres niveles: federal,
estatal y municipal. También, los tres poderes que integran el Estado mexicano:
Ejecutivo, Legislativo y Judicial y los órganos constitucionales autónomos, una
figura nueva, recientemente incorporada.
Se precisan las garantías
individuales y sociales, así como los derechos de tercera generación, referidos
a los humanos, es decir, a los derechos difusos: un medio ambiente sano,
protegido, para toda la población y la humanidad; la salud y la vivienda, entre
otros.
En lo sustancial, remarcó,
refleja la composición del Estado mexicano, sus aspiraciones, enaltece los
principios que lo rigen, como el de no reelección, democracia, protección a los
derechos humanos y sociales a las clases desprotegidas y a las comunidades
indígenas, en particular.
Luciano Silva y Rosa María
Gutiérrez detallaron la importancia de las modificaciones a las garantías
individuales y sociales, a la incorporación de derechos de tercera generación
–incluida la creación de instituciones
como la Comisión Nacional de Derechos Humanos–, y de ciertos sectores de la
población, como las comunidades indígenas.
En lo referente al Poder
Ejecutivo, aunque insuficientes se cambiaron sus atribuciones, en especial la
facultad de hacer nombramientos. En algunos casos ya no se hacen de manera
directa, el Primer Mandatario propone y el Senado de la República designa o
ratifica. Ejemplo de ello son los ministros de la Suprema Corte de Justicia de
la Nación (SCJN), el procurador general de la República y el jefe del gobierno
del Distrito Federal, en caso de que sea removido.
Respecto del Poder
Legislativo, la transformación electoral ha sido evidente: se creó el Instituto
Federal Electoral (IFE), con la consiguiente modificación en la forma como se
manejan las elecciones en México. El problema es que todavía falta normar a las
organizaciones y partidos políticos.
Urgieron a una reflexión
importante en torno a la regulación de las fuerzas políticas, en especial en el
aspecto financiero. Ahí es urgente que se reduzcan los periodos de campaña y la
dotación de recursos públicos para esa actividad.
En el Poder Judicial algunas
de las reformas se dieron con la conformación del Consejo de la Judicatura
Federal y la reestructuración de la SCJN.
En lo que se refiere al
artículo cuarto de la Constitución, que habla de las responsabilidades de los
servidores públicos, todavía faltan precisiones, especialmente concernientes al
Ejecutivo. Está difusa la responsabilidad que se le puede fincar, porque se
maneja que sólo puede ser acusado por delitos graves del orden común y por
traición a la patria, pero queda en entredicho el procedimiento que se tendría
que instruir por falta de regulación en las atribuciones del Senado de la
República.
Consideraron que en cuanto a
las facultades de los municipios, falta mucho por hacer para fortalecerlos. A
partir del 2004, las reformas a la Constitución deberán ser aprobadas por las
entidades federativas de acuerdo al procedimiento rígido que se logró.
Otro cambio muy discutido,
resaltaron, es el reconocimiento de personalidad a las asociaciones religiosas.
El Estado mexicano sigue siendo laico, ahora con variantes, con un esquema
distinto, con asociaciones religiosas registradas ante la Secretaría de
Gobernación.
Los constitucionalistas
expusieron que es fundamental adecuar el artículo 135, donde se establece un
procedimiento rígido para enmendar la Constitución en la nueva conformación
política. Permitirá que se realicen innovaciones benéficas y será más difícil
que se realicen variaciones sexenales.
De los artículos reformados
que no benefician al país, mencionaron el 82 fracción primera, sobre los
requisitos para ser presidente de la República: se eliminó la obligación de ser
hijo de padre y madre mexicanos por nacimiento. Con la modificación de 1994 y
que entró en vigor en 1999, se establece que para ser Primer Mandatario se
requiere ser hijo de padre o madre mexicanos, incluso por naturalización, sin
precisar si es por nacimiento.
Fue una reforma desastrosa,
porque puede llevar a conformar gobiernos que desconozcan su historia, raíces y
no tengan conciencia auténtica de la nacionalidad mexicana.
Tratándose del Senado de la
República hubo una modificación referida al número de integrantes, pues se
duplicó de 64 a 128 y, por otro, en cuanto a su forma o mecanismos de elección.
Esto los equipara un tanto a los diputados.
Con la creación del Consejo de
la Judicatura, se hace patente la falta de prestancia jurídica, porque se
esperaba una mayor independencia de los
miembros del Poder Judicial y en la impartición de justicia. Sin embargo, fue
desafortunada la reforma del 11 de junio de 1999 al artículo 100, pues el
Consejo resultó ocioso, porque prácticamente las decisiones las tomará el pleno
de la SCJN.
Otro cambio desafortunado
corresponde al 31 de diciembre de 1994, a la fracción 16 del artículo 107 de la
Constitución, referente al cumplimiento de la sentencia de amparo.
Los constitucionalistas
consideraron conveniente revisar que la Corte siga siendo tribunal
constitucional; evitar su politización, pero dándole facultades para que anule
las leyes que son inconstitucionales; fortalecer las comisiones de derechos
humanos para que tengan más eficacia y, de no cumplirse sus recomendaciones, se
vuelvan obligatorias para la autoridad.
Asimismo, señalaron la
conveniencia de tener un Congreso de la Unión menos complejo; en lo referente
al artículo 49, implementar nuevos mecanismos en el Poder Judicial para la
designación de los ministros de la Corte, porque el sistema adoptado se
modificó con las reformas del 31 de diciembre de 1994 y es el Senado de la
República quien designa o ratifica a estos servidores públicos.
También, dijeron, es necesaria
una revisión de las facultades del Poder Ejecutivo, pues debe haber un
acotamiento y exigir la responsabilidad correspondiente a otros órganos de
poder, como el Legislativo.
La Auditoría Superior de
Fiscalización, hicieron hincapié, no es un órgano constitucional autónomo, pero
debe revalorarse en sus funciones, fortalecérsele en sus atribuciones y en sus
responsabilidades, para que real y efectivamente ejerza una función de control
de fiscalización efectiva sobre las instituciones públicas federales y otras
que manejen recursos gubernamentales, es decir, entidades y municipios.
Ello relacionado con una
reforma fiscal, la cual es urgente, pero substancial, integral, no sólo
dedicada a aumentar la tasa de un impuesto o crear otros.
Sobre las reformas a la Carta
Magna en el actual sexenio, puntualizaron que una de las más relevantes fue la
del 14 de agosto de 2001 en materia indígena. Fueron los artículos uno y dos.
Además, el cuarto, 18 y 115; otra sobre servidores públicos –tampoco
fundamental– al título cuarto, y una más a los artículos tercero y 31,
efectuada en noviembre de 2002, referente a obligaciones de los mexicanos.
Los artículos que nunca se han
reformado son el 7, 8 y 9 constitucionales, que preservan el texto original de
1917. Consagran las libertades del derecho de petición, la libertad de
asociación y expresión.
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Francisco Venegas
Trejo, jurista universitario, aseguró que a 13 años del centenario de la
promulgación de la Constitución, el mejor homenaje que se le puede brindar es
prepararnos para una renovación y reestructuración completa
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Los académicos de
la Facultad de Derecho de la UNAM, Rosa María Gutiérrez Rosas y Luciano Silva
Ramírez, coincidieron en que la Carta Magna sigue vigente y merece una
permanente revisión
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La Constitución colma con suficiencia la vida nacional, afirmó Felipe Rosas, en el 87 aniversario de la promulgación de esta Ley Fundamental