15:30 hrs. Febrero 4 de 2004

 

Boletín UNAM-DGCS-085

Ciudad Universitaria

 

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LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE MÉXICO NECESITA CAMBIOS PROFUNDOS

 

·        Constitucionalistas de la Facultad de Derecho de la UNAM sostuvieron que la Carta Magna está vigente y colma con suficiencia la vida nacional

·        Sin embargo, señalaron que de las casi 400 modificaciones a diversos artículos, el 25 por ciento no cumple con su finalidad de creación

 

A 87 años de ser promulgada, la Constitución Política de México está vigente y colma con suficiencia la vida nacional, pero requiere  “remozamiento” y permanente revisión para estar acorde con la situación actual del país. Sin embargo, estos cambios deben ser profundos y beneficiar a la ciudadanía y a la nación en general y no a proyectos sexenales, pues una vez que concluye la gestión del presidente que los propuso se convierten en “letra muerta”.

 

Así, de las casi 400 reformas a varios de los 136 artículos que la componen desde 1917 y que fueron resultado de la obra del Constituyente de Querétaro de 1916, cerca del 25 por ciento no cumplió con la finalidad para la cual fueron modificados.

 

Los constitucionalistas de la Facultad de Derecho (FD) de la UNAM, Francisco Venegas Trejo, Luciano Silva Ramírez, Rosa María Gutiérrez Rosas y Felipe Rosas dejaron en claro que no se trata de abolirla, desaparecerla o crear otra, sólo requiere modificaciones de acuerdo con las necesidades del país en este siglo XXI.

Detallaron que el presidente que le hizo menos cambios fue Adolfo Ruiz Cortines, con dos solamente. Mientras, los mandatarios que realizaron un mayor número –más de 50– fueron Ernesto Zedillo, Miguel de la Madrid y Carlos Salinas de Gortari.

 

Indicaron que hay “artículos demagógicos que no dicen nada”. Sólo son buenos principios. Un caso concreto es el cuarto constitucional, mediante el cual Luis Echeverría estableció la igualdad entre el hombre y la mujer, lo cual fue muy plausible. Después señala que toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número de hijos, aunque nadie le obliga a procrear; toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar, el derecho a la ecología, aunque también habría que cumplirlo.

 

Ley y poder

El director del Seminario de Derecho Constitucional y Amparo de la FD, Francisco Venegas Trejo, precisó que la Constitución ha servido, ha sido útil y, en este siglo, podrá ser objeto de modificaciones y actualizaciones que permitan seguir adelante, por lo que le pronosticó buenos augurios.  Sin embargo, advirtió, uno de los problemas de México son los hombres, “quienes no saben vivir”.

 

Autoridades gubernamentales, dijo, procuran eludirla o interpretarla para que les sea favorable. Mientras, los particulares no exigen siempre su respeto irrestricto y propician que se ponga en entredicho su eficacia. De ahí, la necesidad de darle vida al texto y tener el valor de cumplir los compromisos.

 

Explicó que este documento es el pacto social de convivencia de un pueblo soberano, que puede cambiar su forma de gobierno o actualizar sus aspectos, principios, artículos e instituciones que permitan a México estar a la altura del siglo XXI.

 

Empero, “no puede ser una cadena que ate al pueblo a un pasado, sino una legislación que procure el cambio y propicie para el entendimiento, la colaboración y –ahora– el intercambio internacional eficaz, dinámico y productivo”. De esta manera, se busca el acercamiento con otras naciones y el desarrollo común de la humanidad.

La Constitución, planteó, ha sido modificada en muchas ocasiones, pero es justificado porque nos debe permitir vivir bien hoy y proyectarnos para el futuro. Por tal motivo, debe ser una ley que permita el cambio razonado y concertado, para avanzar y mantener el orden, la paz y el progreso.

 

El problema, advirtió, es la falta de acuerdos entre los partidos políticos para sacar adelante las reformas convenientes que permitan llevar a cabo proyectos gubernamentales de gran envergadura.

 

El especialista consideró que, a 13 años del centenario de su creación, el mejor homenaje que se le puede brindar es prepararnos para una renovación y reestructuración completa. Requiere una “remozada general” para que sea más viable.

 

Venegas Trejo aclaró que en la realidad “no es la Constitución sino los humanos los que se deben preparar para vivirla. El mejor camino para la vida constitucional efectiva es la educación, la cual debe ser completa”.

 

Precisó que la Carta Magna es guía de existencia y de convivencia, no solución a los problemas. Se debe considerar otro método para resolverlos, a condición de que los ciudadanos sean capaces de llevar a cabo sus postulados, principios y directrices. Sólo así se vivirá en democracia y se tendrá un país soberano y autosuficiente.

 

El doctor en Derecho constitucional dijo que aún cuando son casi 400 reformas a la Carta fundamental, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, si se suman los párrafos y adiciones se traducen a más de 600 modificaciones.

 

A su juicio, ningún presidente ha violado esta ley fundamental. Todo gobernante en México o cualquier país tiende a eludirla pues le estorba y sólo quiere ejercer el poder. Antes el PRI controlaba y hacía las reformas que quería. En cambio, el actual presidente está ”atado” por el Congreso, del que no tiene control completo. En general, refirió, siempre ha habido respeto formal a la legislación.

 

La Constitución es un compromiso de existencia que se ratifica a diario. Su aceptación implica cumplimiento como gobernantes o particulares, porque sólo así tendrá sentido y eficacia.

 

Una permanente adecuación

Por su parte, el especialista en amparo y Derecho constitucional, Luciano Silva Ramírez, coincidió en que esta Carta sigue siendo el ordenamiento supremo fundamental, pues ha demostrado su prestancia jurídica, pero requiere actualizarse con reformas que normen los aspectos políticos, económicos, sociales y culturales de México. Ello, aclaró, no significa que deba elaborarse una nueva.

 

Estas modificaciones, recalcó, no deben derivarse de las opiniones surgidas en las campañas políticas, pues se vuelven proyectos sexenales y después en “letra muerta”.

 

A su vez, la académica constitucionalista, Rosa María Gutiérrez Rosas, sostuvo que no hay necesidad de expedir un nuevo ordenamiento porque la médula espinal de nuestro país está perfectamente delineada. Es decir, nuestra forma de Estado y gobierno está bien establecida.

 

No obstante, manifestó, carece de técnica jurídica. Consideró normal esta situación porque de la época en que fue redactada a los años recientes, el lenguaje jurídico–técnico–político ha sufrido múltiples cambios y variantes.

 

Comentó que si se comparan artículos no reformados con otros ya modificados, es notorio que no se tiene un manejo uniforme del lenguaje.

 

Por ello, se mostró convencida de que esa norma merece una permanente revisión. Lo fundamental es que vaya acorde con la realidad presente, sea congruente, afín y tenga vinculación con el país al que regula y le da un marco de derecho.

 

Expresó preocupación porque las reformas sean las adecuadas, dado que se tiende a comparar a México con países como Estados Unidos, donde el sistema jurídico es por completo distinto.

 

Una reforma importante, dijo, es la referente al régimen de gobierno del Distrito Federal, pero falta mucho por hacer en cuanto a la forma de gobernarnos.

 

Funciones de la Constitución

Rosa María Gutiérrez explicó las funciones de este documento, el cual debe reflejar las metas, aspiraciones y principios de un pueblo. Establece que en México hay una federación y la forma de gobierno es un régimen presidencialista que si bien “todavía tiene algunos vicios”, doctrinalmente está comprobado que es con el que se puede dar mayor nitidez a la democracia.

 

En la Constitución están definidas las funciones que tiene el gobierno en sus tres niveles: federal, estatal y municipal. También, los tres poderes que integran el Estado mexicano: Ejecutivo, Legislativo y Judicial y los órganos constitucionales autónomos, una figura nueva, recientemente incorporada.

 

Se precisan las garantías individuales y sociales, así como los derechos de tercera generación, referidos a los humanos, es decir, a los derechos difusos: un medio ambiente sano, protegido, para toda la población y la humanidad; la salud y la vivienda, entre otros.

 

En lo sustancial, remarcó, refleja la composición del Estado mexicano, sus aspiraciones, enaltece los principios que lo rigen, como el de no reelección, democracia, protección a los derechos humanos y sociales a las clases desprotegidas y a las comunidades indígenas, en particular.

 

Reformas fundamentales aplicadas

Luciano Silva y Rosa María Gutiérrez detallaron la importancia de las modificaciones a las garantías individuales y sociales, a la incorporación de derechos de tercera generación –incluida la creación  de instituciones como la Comisión Nacional de Derechos Humanos–, y de ciertos sectores de la población, como las comunidades indígenas.

 

En lo referente al Poder Ejecutivo, aunque insuficientes se cambiaron sus atribuciones, en especial la facultad de hacer nombramientos. En algunos casos ya no se hacen de manera directa, el Primer Mandatario propone y el Senado de la República designa o ratifica. Ejemplo de ello son los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el procurador general de la República y el jefe del gobierno del Distrito Federal, en caso de que sea removido.

 

Respecto del Poder Legislativo, la transformación electoral ha sido evidente: se creó el Instituto Federal Electoral (IFE), con la consiguiente modificación en la forma como se manejan las elecciones en México. El problema es que todavía falta normar a las organizaciones y partidos políticos.

 

Urgieron a una reflexión importante en torno a la regulación de las fuerzas políticas, en especial en el aspecto financiero. Ahí es urgente que se reduzcan los periodos de campaña y la dotación de recursos públicos para esa actividad.

 

En el Poder Judicial algunas de las reformas se dieron con la conformación del Consejo de la Judicatura Federal y la reestructuración de la SCJN.

 

En lo que se refiere al artículo cuarto de la Constitución, que habla de las responsabilidades de los servidores públicos, todavía faltan precisiones, especialmente concernientes al Ejecutivo. Está difusa la responsabilidad que se le puede fincar, porque se maneja que sólo puede ser acusado por delitos graves del orden común y por traición a la patria, pero queda en entredicho el procedimiento que se tendría que instruir por falta de regulación en las atribuciones del Senado de la República.

 

Consideraron que en cuanto a las facultades de los municipios, falta mucho por hacer para fortalecerlos. A partir del 2004, las reformas a la Constitución deberán ser aprobadas por las entidades federativas de acuerdo al procedimiento rígido que se logró.

 

Otro cambio muy discutido, resaltaron, es el reconocimiento de personalidad a las asociaciones religiosas. El Estado mexicano sigue siendo laico, ahora con variantes, con un esquema distinto, con asociaciones religiosas registradas ante la Secretaría de Gobernación.

 

 

 

Los constitucionalistas expusieron que es fundamental adecuar el artículo 135, donde se establece un procedimiento rígido para enmendar la Constitución en la nueva conformación política. Permitirá que se realicen innovaciones benéficas y será más difícil que se realicen variaciones sexenales.

 

Las reformas incómodas

De los artículos reformados que no benefician al país, mencionaron el 82 fracción primera, sobre los requisitos para ser presidente de la República: se eliminó la obligación de ser hijo de padre y madre mexicanos por nacimiento. Con la modificación de 1994 y que entró en vigor en 1999, se establece que para ser Primer Mandatario se requiere ser hijo de padre o madre mexicanos, incluso por naturalización, sin precisar si es por nacimiento.

 

Fue una reforma desastrosa, porque puede llevar a conformar gobiernos que desconozcan su historia, raíces y no tengan conciencia auténtica de la nacionalidad mexicana.

 

Tratándose del Senado de la República hubo una modificación referida al número de integrantes, pues se duplicó de 64 a 128 y, por otro, en cuanto a su forma o mecanismos de elección. Esto los equipara un tanto a los diputados.

 

Con la creación del Consejo de la Judicatura, se hace patente la falta de prestancia jurídica, porque se esperaba  una mayor independencia de los miembros del Poder Judicial y en la impartición de justicia. Sin embargo, fue desafortunada la reforma del 11 de junio de 1999 al artículo 100, pues el Consejo resultó ocioso, porque prácticamente las decisiones las tomará el pleno de la SCJN.

 

Otro cambio desafortunado corresponde al 31 de diciembre de 1994, a la fracción 16 del artículo 107 de la Constitución, referente al cumplimiento de la sentencia de amparo.

 

Los constitucionalistas consideraron conveniente revisar que la Corte siga siendo tribunal constitucional; evitar su politización, pero dándole facultades para que anule las leyes que son inconstitucionales; fortalecer las comisiones de derechos humanos para que tengan más eficacia y, de no cumplirse sus recomendaciones, se vuelvan obligatorias para la autoridad.

 

Asimismo, señalaron la conveniencia de tener un Congreso de la Unión menos complejo; en lo referente al artículo 49, implementar nuevos mecanismos en el Poder Judicial para la designación de los ministros de la Corte, porque el sistema adoptado se modificó con las reformas del 31 de diciembre de 1994 y es el Senado de la República quien designa o ratifica a estos servidores públicos.

 

También, dijeron, es necesaria una revisión de las facultades del Poder Ejecutivo, pues debe haber un acotamiento y exigir la responsabilidad correspondiente a otros órganos de poder, como  el Legislativo.

 

La Auditoría Superior de Fiscalización, hicieron hincapié, no es un órgano constitucional autónomo, pero debe revalorarse en sus funciones, fortalecérsele en sus atribuciones y en sus responsabilidades, para que real y efectivamente ejerza una función de control de fiscalización efectiva sobre las instituciones públicas federales y otras que manejen recursos gubernamentales, es decir, entidades y municipios.

 

Ello relacionado con una reforma fiscal, la cual es urgente, pero substancial, integral, no sólo dedicada a aumentar la tasa de un impuesto o crear otros.

 

Sobre las reformas a la Carta Magna en el actual sexenio, puntualizaron que una de las más relevantes fue la del 14 de agosto de 2001 en materia indígena. Fueron los artículos uno y dos. Además, el cuarto, 18 y 115; otra sobre servidores públicos –tampoco fundamental– al título cuarto, y una más a los artículos tercero y 31, efectuada en noviembre de 2002, referente a obligaciones de los mexicanos.

 

Los artículos que nunca se han reformado son el 7, 8 y 9 constitucionales, que preservan el texto original de 1917. Consagran las libertades del derecho de petición, la libertad de asociación y expresión.

 

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Francisco Venegas Trejo, jurista universitario, aseguró que a 13 años del centenario de la promulgación de la Constitución, el mejor homenaje que se le puede brindar es prepararnos para una renovación y reestructuración completa

 

 

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Los académicos de la Facultad de Derecho de la UNAM, Rosa María Gutiérrez Rosas y Luciano Silva Ramírez, coincidieron en que la Carta Magna sigue vigente y merece una permanente revisión

 

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La Constitución colma con suficiencia la vida nacional, afirmó Felipe Rosas, en el 87 aniversario de la promulgación de esta Ley Fundamental