Boletín UNAM-DGCS-0170
Ciudad Universitaria
IMPOSTERGABLE, EL
DERECHO A SABER EL PASADO PARA LA SOLUCIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS
·
Consideró
Hector Gros Espiell, presidente de la Comisión de Democracia, Paz y Derechos
Humanos de la UNESCO
·
Urge
abrir más la Corte Interamericana, sólo maneja 19 casos, mientras la comisión
analiza cinco mil
·
Advirtió,
sin embargo, que la memoria también puede fomentar el fanatismo y el odio
Es imposible tratar de
solucionar problemas de reconciliación o pacificación en las naciones sin el
derecho a saber, sin la investigación de los hechos y el conocimiento de la
verdad, destacó en la Facultad de Derecho (FD) Héctor Gros Espiell, presidente
de la Comisión de Democracia Paz y Derechos Humanos de la UNESCO.
Durante su conferencia “El
derecho a saber y el deber de recordar en la jurisprudencia de la Corte
Interamericana”, impartida en la (FD), el jurista uruguayo advirtió que el
conocimiento de la verdad, es un tema emergente en la jurisprudencia local e
internacional, aunque reconoció que aún no está plenamente configurado.
Se trata, dijo, de un tema
difícil y sensible, ya que involucra conceptos éticos, políticos e incluso la
confrontación de asegurar la continuidad del orden democrático, mejorar la
situación para el futuro y la obligación de resolver y saber lo que ocurrió en
el pasado en todo el mundo.
El tema, apuntó, se centra en
cuáles son las exigencias de la sociedad democrática, qué es lo más importante,
¿saber lo que ocurrió para actuar en consecuencia, o crear una reconciliación
para construir un futuro en el cual no existan las violaciones graves,
reiteradas y masivas de los derechos humanos?
Advirtió que el problema
radica en el acceso a la Corte Interamericana, ya que en la actualidad tiene 19
casos mientras que en la Comisión hay cinco mil, de ahí la importancia de su
apertura.
La Corte, agregó, se reúne dos
o tres veces por año porque no hay dinero, y la única forma de que evolucione y
tenga un peso real, es que sea permanente y cuente con un equipo de trabajo
interno, lo cual implicaría cuadruplicar su presupuesto.
El derecho a saber existe como
un principio humano y lógico de racionalidad vital, como un criterio ético
universal más allá de que esté expresamente reconocido o proclamado como tal,
en la norma jurídica internacional.
Destacó que el hecho de
recordar es compatible con el perdón, ya que éste, moralmente considerado, es
un extremo ineludible para la paz, al tiempo que se trata del derecho de la
víctima o sus familiares, a obtener de los órganos competentes del Estado, el
esclarecimiento de los acontecimientos violatorios y las responsabilidades
correspondientes.
Para que la vida de un
individuo pueda ser plena, se requiere que conozca la verdad de lo que se
quiera, ya que de lo contrario, la vida misma carecería de contenido porque el
pensar y el sentir no tendrían objeto; por tanto, el derecho a saber, conocer y
buscar la verdad, constituyen una manifestación del vivir.
En el Derecho Internacional,
la solución pacífica de controversias no puede darse sin la investigación y
conocimiento de los hechos, ya sea para
la conciliación, mediación, arbitraje o para la solución jurisdiccional de la
Corte Internacional de Justicia, opinó.
Héctor Gros expresó que el
derecho a saber se encuentra en formación, en proceso de configuración jurídica
pero que cuenta con un futuro promisorio en la Convención Americana, a pesar de
no estar ni el Pacto de Derechos Civiles de las Naciones Unidas, ni en la
Convención Europea de Derechos Humanos.
En algunos casos, abundó, es
imposible aplicar criterios de ética absoluta para el ejercicio del derecho a
saber, por lo cual es necesario usar una ética de la responsabilidad, que sin
negar principios básicos, tome en cuenta efectos políticos, ya que la memoria
también puede fomentar el fanatismo y el odio.
Se trata de saber cuáles son
las exigencias de la vida democrática, lo que ocurrió para actuar en
consecuencia y contribuir a las bases para el futuro.
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