Boletín UNAM-DGCS-823
NECESARIA UNA POLÍTICA ECOLÓGICA DE ESTADO: GABRIELA RÍOS GRANADOS
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La integrante del Instituto de
Investigaciones Jurídicas de la UNAM se pronunció por la aplicación de una
política ecológica preventiva
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El asunto no es el diseño de leyes sino su
ejecución en el tiempo, señaló la especialista
México requiere de una política de Estado en materia ecológica que se
apoye no sólo en instrumentos impositivos, sino que controle y administre las
normas oficiales y aplique una verdadera política preventiva, no correctiva,
afirmó Gabriela Ríos Granados, investigadora del Instituto de Investigaciones
Jurídicas (IIJ) de la UNAM.
El
asunto no es el diseño de leyes, sino su ejecución en el tiempo. Los reglamentos
ya los tenemos, pero no contamos con leyes específicas, indicó Ríos Granados al
señalar que los instrumentos económicos van a resolver una parte del problema,
pero éstos deberán formar parte de una estrategia ecológica realmente de
Estado.
“El
impuesto ecológico tiene fácil acceso para el contribuyente, aunque lo
principal es que éstos realmente se apliquen a la prevención del daño
ecológico, o formen parte de fondos para restaurar zonas dañadas y hacer una
cultura preventiva”, subrayó la también catedrática del posgrado de la Facultad
de Derecho.
En
materia de ecología son muchas acciones las que hay que realizar, aunque el
actual gobierno ya tomó su cauce en este ámbito, se preocupa por él y hace su
mejor esfuerzo, puntualizó la especialista en contribución por gasto en razón
del deterioro del medio ambiente.
Actualmente,
agregó, se legisla al respecto y parece que los impuestos ecológicos no son tan
agresivos como para que el contribuyente no quiera pagarlos. “Son impuestos que
se pueden asimilar y pagar”.
En
opinión de Ríos Granados las exenciones son un buen instrumento fiscal,
“incluso se ha llegado a cuestionar qué tan buenos incentivos son los impuestos
para corregir la actividad contaminadora, porque llegar bajo la estructura de
un impuesto ecológico puede no cubrir ciertos principios de justicia tributaria
y ser confiscatoria”.
Los
instrumentos que actualmente rigen al país en esta materia son: Ley de
Planeación, Ley General de Equilibrio Ecológico, Protección del Ambiente
(LEGEPA), Ley de Conservación del Suelo y Agua, Ley Minera, Ley de Aguas
Nacionales, Ley Federal de Casa, Ley Agraria, Ley Federal de Turismo, Ley de
Pesca, Ley Fundamental sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Ley Forestal,
Ley General de Asentamientos Humanos, Ley General de Bienes Nacionales, Ley
sobre Zona Exclusiva de Pesca de la Nación y Ley Federal de Mar.
Todas estas leyes y sus respectivos reglamentos muestran que México
está dentro de la política internacional en este campo. Lo único que está
recogiendo son los planteamientos internacionales de los protocolos
internacionales a la protección del medio ambiente, porque ya están legislados
los instrumentos en la Ley del Ordenamiento.
Sin
embargo, abundó la doctora Gabriela Ríos, para poder hacer un verdadero análisis
de un impuesto extra fiscal no debe de estar únicamente en las declaraciones de
los debates, sino que se debe establecer en los elementos del impuesto el fin
extra fiscal.
La
investigadora universitaria recordó que los impuestos ecológicos surgen en 1988
con la Ley General de Equilibrio Ecológico, Protección del Ambiente,
instrumento que establece el marco de política ecológica en México. Esta Ley
tiene aplicación general y es materia federal, y está dentro del discurso de la
política ecológica a nivel internacional que surge con la convención de
Estocolmo, concluyó.
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