Boletín UNAM-DGCS-082
Museo de las Constituciones.
15:30 hrs. 8 de febrero de 2012


Miguel León Portilla

           


LA CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ, ENTRADA DE ESPAÑA Y AMÉRICA A DEMOCRACIA Y MODERNIDAD

 

• El texto es de interés a la luz del desarrollo histórico de la lengua española, tal como se hablaba en el siglo XIX, dijo Miguel León-Portilla, investigador emérito del IIH de la UNAM

La Constitución de Cádiz es de interés a la luz del desarrollo histórico de la lengua española, tal como se hablaba en el siglo XIX. Con una breve vigencia, de sólo cinco años, y una perdurable influencia en la historia de España y América, con ella, “emprendimos nuestra entrada a la modernidad y a la democracia”, planteó Miguel León-Portilla, emérito del Instituto de Investigaciones Históricas (IIH) de la UNAM.

En la redacción del primer texto constitucional en el ámbito español e hispanoamericano, se presentaron cuestiones de carácter lingüístico. En no pocos casos, se buscó la palabra más adecuada para expresar determinados conceptos, aseveró en la conferencia magistral Algunas paradojas lingüísticas y fácticas en la Constitución de Cádiz.

“Son lingüísticas las paradojas derivadas principalmente de modificaciones en el significado de vocablos como soberanía, nación y majestad, entre otros. A su vez, son fácticas las que provienen de hechos y formas de acción, enunciadas en el articulado del texto”, explicó en el marco del Seminario Internacional Conmemoración del Bicentenario de la Constitución de Cádiz. Las ideas Constitucionales de América Latina, en el Museo de las Constituciones.

En la presentación, José Gamas Torruco, director del recinto, destacó que la posición americana en las Cortes en la provincia gaditana, buscaba libertad económica, autonomía y representatividad.

En ningún Congreso Constituyente posterior, dijo, se condenó la discriminación racial como se hizo en 1812. Las discusiones al respecto, pueden considerarse como una contribución a la humanidad. Por sus aportaciones, la Constitución es de limitación en su vigencia, pero de persistencia en su importancia.

Influencia constitucional

En su oportunidad, Diego Valadés, del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ), subrayó que la felicidad es un concepto presente en la Constitución de Cádiz, la Declaración de Independencia de Estados Unidos y en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, aprobada en Francia.

A principios del siglo XXI, su importancia vuelve a ponerse en boga y es lo que permitirá contrarrestar, en la construcción del nuevo Estado constitucional, la propensión a victimar a las sociedades en beneficio de las finanzas públicas, consideró el jurista al participar en la mesa Fuentes doctrinales y referentes de derecho comparado de la Constitución de Cádiz.

A su vez, Gerardo Eto Cruz, magistrado y director General del Centro de Estudios del Tribunal Constitucional de Perú, consideró que la influencia de la Constitución francesa de 1791 sobre el texto constitucional gaditano, se debió al amplio conocimiento de la literatura gala de la época, la similitud entre sus sistemas administrativos y a la común reticencia contra el poder acumulado por los reyes en ambas naciones.

Jorge Vanossi, ex ministro de Justicia y Derechos Humanos de Argentina, destacó que la idea de la soberanía, entendida como independencia del exterior y el ejercicio soberano del poder constituyente por el pueblo, significó una revolución social, política e institucional.

En tanto, Carlos Ayala Corao, ex presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, estableció que los textos constitucionales de Cádiz y Venezuela marcan impronta hacia un constitucionalismo moderno, relacionado con el desarrollo de las libertades y con influencia definitiva en los procesos independientes de América y en las revoluciones europeas en contra de las monarquías.

Las ideas de constitución nacional como norma suprema y rígida; el concepto de soberanía, reconocimiento de derechos a los individuos, y la separación y limitación de los poderes, son fuentes que comparten los primeros textos constitucionales de Venezuela con la carta magna gaditana.

En su disertación, Javier Pérez Royo, de la Universidad de Sevilla, consideró que, bajo la tesis de que la elaboración de una constitución originaria significa la ida del Estado constitucional prácticamente de manera indefinida, toda Carta Magna es siempre una combinación de un ajuste de cuentas con el pasado y la elaboración de un proyecto de futuro.

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Fotos


Miguel León-Portilla y José Gamas Torruco, en el Seminario Internacional Conmemoración del Bicentenario de la Constitución de Cádiz. Las ideas Constitucionales de América Latina, en el Museo de las Constituciones.