Boletín UNAM-DGCS-073
Ciudad Universitaria.
11:00 hrs. 5 de febrero de 2011

José Barragán Barragán


NECESARIA, UNA NUEVA CONSTITUCIÓN

 

• José Barragán Barragán, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, aconsejó integrar las preocupaciones actuales para crear un texto acorde a la realidad nacional
• El documento constitucional de 1917 suma 502 modificaciones desde su promulgación, refirió la investigadora Adriana Berruecos, de la misma entidad

México necesita una nueva Carta Magna, acorde a las exigencias del derecho constitucional moderno y a las preocupaciones de los mexicanos, aseguró José Barragán, del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM.

Esta ley fundamental, estableció, debe renovar su contenido y la esencia del pacto social de convivencia entre los mexicanos; incluir un capítulo completo dedicado a los derechos humanos y con medios para garantizarlos si alguna autoridad no los respeta; regular el ejercicio del poder, con el fin de que todos los niveles de gobierno trabajen en beneficio de la colectividad, e incorporar los principios fundamentales del texto actual, con nuevos enunciados.

“Hay que enderezar los cauces de este país por un nuevo derrotero. Tenemos especialistas capaces de cumplir con esta encomienda”, apuntó.

El texto que tenemos, al compararlo con los de Guatemala, Costa Rica, Colombia, Chile o Argentina, “veremos que está agotado, abandonado. No tiene ninguna relación con los problemas actuales en nuestro país”.

Por ejemplo, argumentó, la nuestra establece que el salario debe ser remunerador; sin embargo, no hay nada más deteriorado en los últimos 40 años y no hay ninguna reforma, en lo particular.

Está mermada la seguridad social e, incluso, la asistencia médico- sanitaria todavía no llega a los campesinos. “Esas esperanzas no sólo no se han satisfecho del todo, sino que prácticamente se han cancelado para los trabajadores”, afirmó.

Aportación al constitucionalismo universal

La Constitución de 1917, explicó, fue la primera de carácter político-social en el mundo, al introducir el concepto de garantías sociales, resumidas en la libertad de enseñanza y el derecho a la educación, un nuevo régimen de propiedad de la tierra, el derecho al trabajo, y la separación del Estado y la Iglesia, ejes rectores referidos en los artículos 3, 27, 123 y 130, respectivamente.

Además de contener principios de reformas sociales y derechos en favor de obreros y campesinos, fue formulada para gobernar a todos los mexicanos sin distinción de raza, credo, condición social o política; en ella se dictó la libertad de pensamiento y creencia.

Los cambios más relevantes sobre la Constitución de 1857, fueron la eliminación de la reelección del presidente de la República y la supresión del cargo de vicepresidente. Cuenta con 136 artículos, divididos en nueve títulos.

Nuestra ley fundamental, por su parte subrayó Adriana Berruecos, también del IIJ, conserva artículos del texto de 1857. En específico, el sexto, referente a la libertad de expresión, y el séptimo, que regula la libertad de imprenta. Salvo las reformas recientes al primero, en materia de acceso a la información, conservan su esencia.


Modificaciones a la Carta Magna

Desde el punto de vista teórico, afirmó la también profesora de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, la Constitución tiene un procedimiento muy severo para su modificación. Sin embargo, advirtió, desde su promulgación ha tenido 502 reformas. Entre los años 1994 y 2000, se registró el mayor número de éstas, con 77.

No hay que ser tan drásticos, acotó, y decir que nuestro texto constitucional debe permanecer inmóvil. Las necesidades sociales cambian y es necesario efectuar ajustes para armonizar todo el sistema jurídico. “En ocasiones no serían necesarias tantas modificaciones a la Constitución, sino a la normatividad secundaria. Además hay que vigilar estrictamente sus principios torales”, concluyó.

 

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Fotos

La Constitución de 1917 fue la primera de carácter político-social en el mundo, al introducir el concepto de garantías sociales.