Boletín UNAM-DGCS-387
Ciudad Universitaria.
06:00 hrs. 28 de junio de 2010

Ma. Carmen Macías Vázquez


EL FÚTBOL Y EL DERECHO LABORAL

 

• La actividad de los deportistas está reglamentada por la Ley Federal del Trabajo y se encuentra sujeta a un ordenamiento en la materia
• El patrón debe cuidar la salud e integridad de sus atletas, dijo Ma. Carmen Macías Vázquez, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
• “Dedicarse a esto como modo de vida equivale a ejercer un empleo por el que se adquiere la facultad de recibir su respectiva contraprestación”, señaló

En México, muchos futbolistas ignoran que tienen derechos y obligaciones laborales. Por ello, es importante que conozcan la Ley del Trabajo, que a través de normas jurídicas respalda a quienes viven de éste u otro deporte, aseguró Ma. Carmen Macías Vázquez, del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM.

La actividad de los deportistas (futbolistas, basquetbolistas y beisbolistas, entre otros) está reglamentada desde 1970 por esa norma, cuyo fin es regular y proteger a cualquiera que se dedique profesionalmente a esta labor.

La especialista explicó que, como consecuencia de la regulación de su trabajo, en la ley referida se establece que el jugador tiene derecho a prestaciones como seguridad social, atención médica, fármacos, aparatos ortopédicos y rehabilitación.

“El futbolista, al lesionarse, debe contar con esos servicios; sin embargo, suele ser atendido por el médico del propio club o por especialistas, nacionales o extranjeros, designados por el patrón”, expresó Macías.

“Sería interesante saber si los dueños de los clubes cumplen con el compromiso de afiliarlos ante el Seguro Social y, por ende, ver si pagan las respectivas cuotas, que son de carácter fiscal”, añadió.

La catedrática explicó que la obligación principal del patrón es cuidar la salud y vida del deportista, y tiene prohibido exigirle un esfuerzo excesivo que ponga en peligro su salud, o incluso su vida.

De igual forma, es importante que las actividades inherentes a la profesión se desarrollen en condiciones de trabajo adecuadas; por ello, es necesario que se planeen los juegos en horas y lugares donde las condiciones climáticas no amenacen al individuo, aseveró.

En este sentido, se debe conjugar el aspecto médico con medidas de prevención. “Es necesario que se rediseñen muchas de las prácticas actuales, porque varios atletas han muerto debido a que sufren golpes de calor a causa de temperaturas extremas”.

La investigadora comentó que en múltiples ocasiones se llega a prescindir del consentimiento de los futbolistas cuando se dan las transferencias, es decir, cuando los dueños de los clubes llevan a cabo las gestiones de negociación para que formen parte de otro equipo.

Este procedimiento es contra derecho, pues la ley establece que “los deportistas profesionales no pueden ser transferidos a otra empresa o club sin su aprobación, lo que implica que esas decisiones pueden combatirse legalmente”.

Los deportistas, incluidos en el ordenamiento jurídico

El trabajo de los deportistas profesionales destaca por su carácter físico especializado y, por lo tanto, su actividad es catalogada como especial.

Por ello, las relaciones jurídicas que formalizan los atletas al prestar sus servicios con el dueño de un club son reguladas por la ley, que establece salario, prestaciones económicas y primas de rendimiento, a cambio de realizar su función cuando sea convocado, entre otros puntos.

Macías Vázquez explicó que dentro de sus obligaciones se instituye que deben conducirse con respeto ante el dueño, compañeros y personas de su entorno laboral. De igual forma, el sujeto debe someterse a la disciplina y reglamento que señala su propia empresa.

A su vez, deberá concurrir a las prácticas de preparación y adiestramiento, en el lugar y horas acordadas; efectuar viajes para asistir a las actividades y realizar las tareas para las que fue contratado. También deberá respetar los reglamentos, tanto nacionales como internacionales.

La especialista concluyó que es importante que los deportistas conozcan sus derechos y obligaciones para que, al desempeñar su labor, protejan su vida e integridad física.

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Fotos

Para Ma. Carmen Macías Vázquez, del Instituto de Investigaciones Jurídicas, es relevante observar que las condiciones laborales a las que es expuesto el deportista no afecten su integridad o salud.