En México, muchos futbolistas ignoran que tienen
derechos y obligaciones laborales. Por ello, es importante que conozcan
la Ley del Trabajo, que a través de normas jurídicas
respalda a quienes viven de éste u otro deporte, aseguró
Ma. Carmen Macías Vázquez, del Instituto de Investigaciones
Jurídicas (IIJ) de la UNAM.
La actividad de los deportistas (futbolistas, basquetbolistas
y beisbolistas, entre otros) está reglamentada desde 1970
por esa norma, cuyo fin es regular y proteger a cualquiera que se
dedique profesionalmente a esta labor.
La especialista explicó que, como consecuencia de
la regulación de su trabajo, en la ley referida se establece
que el jugador tiene derecho a prestaciones como seguridad social,
atención médica, fármacos, aparatos ortopédicos
y rehabilitación.
“El futbolista, al lesionarse, debe contar con esos
servicios; sin embargo, suele ser atendido por el médico
del propio club o por especialistas, nacionales o extranjeros, designados
por el patrón”, expresó Macías.
“Sería interesante saber si los dueños
de los clubes cumplen con el compromiso de afiliarlos ante el Seguro
Social y, por ende, ver si pagan las respectivas cuotas, que son
de carácter fiscal”, añadió.
La catedrática explicó que la obligación
principal del patrón es cuidar la salud y vida del deportista,
y tiene prohibido exigirle un esfuerzo excesivo que ponga en peligro
su salud, o incluso su vida.
De igual forma, es importante que las actividades inherentes
a la profesión se desarrollen en condiciones de trabajo adecuadas;
por ello, es necesario que se planeen los juegos en horas y lugares
donde las condiciones climáticas no amenacen al individuo,
aseveró.
En este sentido, se debe conjugar el aspecto médico
con medidas de prevención. “Es necesario que se rediseñen
muchas de las prácticas actuales, porque varios atletas han
muerto debido a que sufren golpes de calor a causa de temperaturas
extremas”.
La investigadora comentó que en múltiples
ocasiones se llega a prescindir del consentimiento de los futbolistas
cuando se dan las transferencias, es decir, cuando los dueños
de los clubes llevan a cabo las gestiones de negociación
para que formen parte de otro equipo.
Este procedimiento es contra derecho, pues la ley establece
que “los deportistas profesionales no pueden ser transferidos
a otra empresa o club sin su aprobación, lo que implica que
esas decisiones pueden combatirse legalmente”.
Los deportistas, incluidos en el ordenamiento jurídico
El trabajo de los deportistas profesionales destaca por
su carácter físico especializado y, por lo tanto,
su actividad es catalogada como especial.
Por ello, las relaciones jurídicas que formalizan
los atletas al prestar sus servicios con el dueño de un club
son reguladas por la ley, que establece salario, prestaciones económicas
y primas de rendimiento, a cambio de realizar su función
cuando sea convocado, entre otros puntos.
Macías Vázquez explicó que dentro
de sus obligaciones se instituye que deben conducirse con respeto
ante el dueño, compañeros y personas de su entorno
laboral. De igual forma, el sujeto debe someterse a la disciplina
y reglamento que señala su propia empresa.
A su vez, deberá concurrir a las prácticas
de preparación y adiestramiento, en el lugar y horas acordadas;
efectuar viajes para asistir a las actividades y realizar las tareas
para las que fue contratado. También deberá respetar
los reglamentos, tanto nacionales como internacionales.
La especialista concluyó que es importante que los
deportistas conozcan sus derechos y obligaciones para que, al desempeñar
su labor, protejan su vida e integridad física.