Existen dos maneras de romper con el modelo de paternidad
tradicional que existe en México. Una es la jurídica,
que implica otorgar facultades a los hombres cuando ostentan su
papel de padres, y otra, sortear la barrera cultural para que la
sociedad considere necesarias ciertas reformas laborales, que permitan
alcanzar la igualdad de derechos en la materia entre ambos sexos.
“Si se quiere que las mujeres se desarrollen profesionalmente
y los varones asuman con mayor responsabilidad su paternidad, son
necesarias enmiendas que incluyan licencias por cuidados infantiles
y la prestación, por igual, del servicio de guarderías”,
consideró Alfredo Sánchez Castañeda, integrante
del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM,
en el Día del Padre.
Asimismo, abundó, se debe sensibilizar a los empleadores
para que consideren fundamental que sus trabajadores gocen de estos
derechos; ello permitiría que la mujer no tenga condicionado
su empleo por cuestiones de maternidad y, a su vez, colocaría
a ambos en equidad de circunstancias en materia laboral.
El también coordinador del Área de Derecho
Social del IIJ, mencionó que hasta ahora el servicio de guardería
está limitado para padres divorciados o viudos, y los que
tienen la patria potestad de sus hijos.
En el caso del descanso pre y posnatal, el varón
no posee esta prestación, y aunque su circunstancia fisiológica
no es igual a la de las mujeres, deberían tener las mismas
oportunidades que la madre de cuidar al recién nacido, señaló.
Gozar de estos derechos, acotó, implica también
una aceptación de la sociedad, porque se piensa que si un
hombre tiene días de descanso por paternidad, en realidad
no los empleará para estar al cuidado de los hijos, sino
más bien, serán vacaciones adicionales.
Además, aseveró, el hecho de que un varón
pueda tener prestaciones laborales por paternidad, podría
permitir que en una situación que implique los cuidados del
menor, no siempre sea ella quien suspenda sus actividades laborales.
Necesaria, una legislación
Si existiera una legislación al respecto, como sucede
en la mayoría de los países integrantes de la Unión
Europea, donde la madre o el padre pueden pedir una licencia hasta
por dos años por cuidados de los menores, lograríamos
una mejor protección para los infantes y alcanzaríamos
igualdad de oportunidades, consideró.
En México, esos permisos podrían ser menores,
quizá de seis meses. En el sector público, ejemplificó,
los trabajadores tienen la posibilidad de pedir la suspensión
temporal de sus labores por medio año, por diversas circunstancias.
Entonces, en esa prestación se podría insertar la
licencia por paternidad, y determinar si se concede con o sin goce
de sueldo.
En cuanto al servicio de guarderías, el especialista
en seguridad social abundó que tendría que darse en
un estricto plano de igualdad; es decir, todo hombre o mujer que
tenga descendencia, independientemente de su estado civil, debería
tener acceso a ellas.
Además, añadió, los permisos denominados
“cuidados maternos”, deberían llamarse cuidados
infantiles, para que como prestación correspondan a ambos.
Estas medidas fomentarían equidad y una corresponsabilidad
más desarrollada.
En la actualidad, en México no existen políticas
ni leyes que garanticen esta facultad a los varones, principalmente
porque no se conciben como obligación, y porque los encargados
de hacerlas no quieren ir en contra de los intereses económicos
del sector empresarial, enfatizó.
Aunque se han presentado iniciativas al respecto, los empleadores
no las han apoyado, pues en caso de maternidad deben hacer una contribución
económica, cuando es a la seguridad social a quien corresponde
cubrirla, refirió.
Hasta ahora, ni la Ley Federal del Trabajo, ni los lineamientos
de la Organización Internacional del Trabajo contemplan ese
tipo de prestaciones, y sin estas reformas, se seguirán perpetuando
las desigualdades y la falta de responsabilidad por parte de los
varones en su papel como padres de familia, concluyó.