A medida que se generaliza el uso de Internet
entre la población, surgen nuevas e insólitas posibilidades
de comunicación, de intercambio de mensajes, datos, voz e imágenes,
y también, se renuevan las prácticas delictivas, como
fraudes electrónicos, suplantación de personalidad,
clonación de tarjetas bancarias y mala utilización de
bases de datos.
De acuerdo con Adriana Berrueco García, especialista
del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM,
las diversas conductas criminales conocidas desde antes de la aparición
de la comunicación ciberespacial (amenazas, plagios literarios
y otros ilícitos atentatorios contra el derecho de autor),
se han potenciado con este medio y representan una grave problemática
social y jurídica.
Hay una amplia gama de conductas delictivas que pueden
cometerse vía Internet, como la reproducción ilegal
de obras intelectuales (música, textos y fotografías)
protegidas por derechos de autor, violación que pertenece
al fuero federal, o la difusión de pornografía infantil
y las amenazas, al fuero común”, dijo.
En el inicio del siglo XXI, la sociedad enfrenta con más
regularidad estos ilícitos, y una de las dificultades para
sancionarlos es encontrar a los responsables, porque las autoridades
públicas carecen de registros con datos de localización
e identidad de los infractores que operan en la red.
Además, la legislación no es uniforme en
la comunidad internacional, lo que representa otro problema. “La
forma en que estos ilícitos son tipificados, por ejemplo
en México, no tiene la misma significación en otra
nación. Ésa es la razón por la que, cuando
los responsables son identificados, en ocasiones no se les puede
castigar”, añadió.
El papel de la sociedad
Desde la perspectiva de la investigadora universitaria,
la colectividad juega un papel importante en este asunto.
“Toda actividad que pretenda violentar el derecho
de autor va de la mano con una falta de conciencia de la sociedad.
Mucha gente no se da cuenta de las repercusiones que puede tener
no pagar los derechos por un producto cultural. Lo vemos claramente
en el caso de la música, las empresas discográficas
están quebrando porque, como es más fácil la
reproducción de copias ilegales vía Internet, la piratería
se ha adueñado del mercado.
“Me parece que las productoras no han tenido suficiente
cuidado, pues han puesto sus artículos al alcance de cualquier
persona, sin que haya una contraprestación, aunque es cierto
que se ha buscado otro tipo de soluciones, como imponer una cuota
compensatoria a la hora de comprar un ‘quemador’ de
discos, como sucede en la Unión Europea”, señaló.
Para combatir las prácticas delictivas en Internet, las dos
cámaras del Congreso de la Unión aprobaron recientemente
una reforma, con la que la persecución de los delitos contra
el derecho de autor, en vez de ser de querella, sea de oficio.
“Ya no se emprenderá sólo a petición
de la parte que tenga la titularidad de los derechos de propiedad
intelectual; además, las penas se aumentaron levemente. Creo
que es un avance”, indicó.
Bases de datos
Las bases de datos constituyen otra área proclive a sufrir
ataques de la delincuencia. Al respecto, ya se ha abierto un debate
entre los especialistas del derecho para elaborar una ley que proteja
los datos personales de los individuos en poder de particulares.
Ese estatuto fue aprobado por el Congreso de la Unión, pero
todavía no se publica en el Diario Oficial de la Federación.
“Lo que se intenta es normar la regulación
de información personal que un individuo entrega a un particular,
por ejemplo, en una encuesta. Los casos de delitos cometidos con
bases de datos son verdaderamente alarmantes, y en ellos, se nota
la corrupción que hay en diferentes niveles gubernamentales,
y de particulares que lucran libremente con la información,
que debe ser protegida escrupulosamente”, consideró.
Las bases de datos son un producto intelectual protegido
por la Ley Federal del Derecho de Autor, y al hacer mal uso de ellas,
no sólo se afecta la intimidad de las personas, también
se puede estar violentando un derecho de propiedad intelectual”,
apuntó Berrueco García.
Desde la perspectiva jurídica, la protección
de la información que circula a través de las telecomunicaciones
tiene un sustento en leyes y reglamentos en la materia, que se remontan
de la década de los 50.
Por otra parte, la Ley Federal de Derecho de Autor (vigente
desde 1997) establece normas reguladoras sobre la decodificación
de señales satelitales y de sus programas asociados. Estas
disposiciones se encuentran en la parte referente a organismos de
radiodifusión (artículos 139-146).
Por último, consideró que en el uso delictivo
de Internet deben contemplarse, además de la cuestión
de la propiedad intelectual, los mensajes de odio racial, las amenazas
y los secuestros, entre otros.