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Frecuentemente son diferentes a la ley nacional, aunque no necesariamente
contrarios a ella, dijo María Teresa Valdivia Dounce, del
IIA de la UNAM
• Consideran que la cárcel es un medio, no una forma
de castigo; la usan para mantener el control sobre el infractor,
hacerlo recapacitar sobre sus actos y llegar a un acuerdo
¿Todos los ciudadanos mexicanos son iguales ante
la ley? De acuerdo con María Teresa Valdivia Dounce, integrante
del Instituto de Investigaciones Antropológicas (IIA) de
la UNAM, “el meollo del asunto radica en que en el país
coexiste una amplia diversidad étnica, cultural, social,
política y religiosa, por lo que una porción importante
de ciudadanos, conformada por indígenas, tiene condiciones
distintas frente a la ley nacional”.
Tras una década de estudios antropológicos
en 19 municipios de la región mixe de Oaxaca, la especialista
concluyó que en cada uno de ellos hay un derecho propio y
único, diferente de la ley nacional, aunque no necesariamente
contrario a ella.
“En los sistemas jurídicos indígenas
se advierten principios propios de derecho que los regulan, y de
los que se desprende la normatividad. En ocasiones, ciertas reglas
indígenas pueden ser complementarias de la ley nacional y,
en otras, no tienen sentido más que en el derecho indígena”,
explicó.
Normas en contradicción
En algunos casos, las normas jurídicas indígenas
entran en contradicción con las normas nacionales.
Por ejemplo, determinados pueblos indígenas consumen
peyote u hongos en sus ceremonias rituales, algo prohibido en el
país. Cada año, los huicholes o wirráricas
hacen su tradicional recorrido hacia la zona desértica de
Wirikuta (cerca de Real de Catorce, en San Luis Potosí) para
colectar y consumir peyote.
Llevan un permiso firmado por el presidente municipal,
en el que se reconoce que solamente ellos están autorizados
a hacerlo. Lo mismo ocurre con los mazatecos de Huautla de Jiménez,
en Oaxaca: pueden consumir hongos con la venia de las autoridades
locales.
Asimismo, los seris de Sonora capturan un ejemplar de tortuga
caguama siete filos, no para matarla o comérsela, sino para
adornarla y pasearla como parte de una fiesta ritual; al final,
la devuelven sana y salva al mar. La caguama está en peligro
de extinción y protegida, y se comete un delito federal si
es capturada.
Las normas nacionales de tipo civil prohíben que
los menores contraigan matrimonio, aunque en todos los pueblos indígenas
las autoridades locales permiten que los adolescentes de entre 14
y 15 años lo hagan, con o sin consentimiento de los padres.
“Casi todas las normas indígenas son complementarias
de la ley nacional. Creo que todos los mexicanos deberíamos
aplicar muchas de ellas por el bien común. Podríamos
organizarnos por manzanas, barrios y colonias para resolver problemas
que nos aquejan en materia de seguridad, ruido, basura, limpieza
de calles y parques públicos.
“También podríamos apropiarnos las
formas de ejercer justicia, de tal modo que los agentes del Ministerio
Público y los jueces citen y escuchen a las partes en conflicto
el tiempo que fuera necesario, hasta que el problema se resuelva.
Así se evitaría que la justicia llegara dos o tres
años después y que las cárceles se saturaran”,
propuso Valdivia.
Principios generales del derecho mixe
La ley nacional dicta que, por el simple hecho de nacer
en territorio mexicano, cualquier persona es sujeto de derecho.
Sin embargo, para los mixes esto no es así. En su región,
las facultades de los menores son tutelados por sus padres. La ciudadanía
no se adquiere con la edad ni con el matrimonio, sino cuando se
trabaja para la comunidad, lo que se hace en tres niveles:
“Prestando servicio de tiempo completo, cada tres
años, en el sistema de gobierno indígena, sin recibir
remuneración alguna por un año; pagando las cuotas
para la fiesta del pueblo, y cumpliendo con el tequio, es decir,
con el trabajo comunitario. Cuando un individuo cubre esas tres
obligaciones, adquiere el derecho mixe, cuando no, no puede vivir
en la comunidad porque no es considerado ciudadano”, apuntó
la investigadora.
La brujería como delito
En términos generales, las autoridades indígenas
aplican el derecho en casos no graves y, en menor medida, en los
que tienen que ver con “la sangre”, como los llaman.
Resuelven delitos menores como hurtos y conflictos familiares y
vecinales.
Sin embargo, cuando se trata de un caso de brujería,
la situación se complica, porque desde la perspectiva de
la ley nacional no existe como figura de delito; el homicidio por
este conducto, además de ser una de las violaciones más
graves en el derecho indígena, es uno de los pocos que no
se demandan ante el Ministerio Público.
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