Boletín UNAM-DGCS-772
Ciudad Universitaria
06:00 hrs. 29 de Diciembre de 2009

 


LA RECLUSIÓN DOMICILIARIA, OPCIÓN PARA REINSERTAR PRESIDIARIOS A LA SOCIEDAD

• El programa de Monitoreo Electrónico a Distancia podría ser una alternativa para prevenir la reincidencia de presos de baja peligrosidad, informó la especialista de la FD de la UNAM, Juana Feria Pascual
• Con un brazalete electrónico con módem, se detecta la presencia o ausencia del reo

La reclusión domiciliaria aplicada a través del programa de Monitoreo Electrónico a Distancia podría ser una opción para prevenir la reincidencia de presos de baja peligrosidad, ayudaría a la reducción de la población penitenciaria y, en consecuencia, de vicios en los centros penitenciarios, detalló la académica de la Facultad de Derecho (FD) de la UNAM, Juana Feria Pascual.

Conforme a la Ley de Ejecución de Sanciones Penales del Distrito Federal, esta opción fue diseñada para internos primodelincuentes, cuya pena privativa de libertad no sea menor de siete años, ni mayor de 10, con una o máximo dos reincidencias, y que tengan la voluntad de cumplir con las exigencias que prevé la ley y el reglamento respectivo, apuntó.

La norma, publicada el 17 de septiembre de 1999, regula los beneficios de libertad anticipada, precisándolos como aquellos otorgados por la autoridad ejecutora, cuando el sentenciado reúna los requisitos establecidos para cada una de las modalidades.

Los beneficios de libertad anticipada son: el tratamiento preliberacional, la libertad preparatoria, y la remisión parcial de la pena, recordó.

La reclusión domiciliaria, agregó, es aplicada con el uso de un brazalete electrónico con módem; esta modalidad fue adicionada a la Ley de Ejecución de Sanciones en 2006, y consiste en un medio de realizar la penalización hasta que el sentenciado alcance el beneficio de tratamiento preliberacional.

Asimismo, indicó, la tecnología del monitoreo electrónico (brazalete) consiste en detectar la presencia o ausencia del sujeto, por la señal que emite un transmisor, a través de las líneas telefónicas, a una computadora previamente programada.

El transmisor es como un reloj de pulsera que debe portar el reo; la computadora está programada para avisar en el momento en que deja de recibir la señal, lo que indica que el sujeto se apartó del lugar de arraigo, o para hacer cotejos al azar.

Por ello, expuso, uno de los requisitos es que cuenten con una línea telefónica fija y activa en el domicilio en el que se hará el monitoreo, con antigüedad no menor de un año, y no tener pendiente ningún proceso o sentencia del fuero común o federal.

La libertad vigilada tiene antecedentes en la década de los 60, en la Universidad de Harvard, con Ralph Schwitzgebel, quien sugirió aplicar medidas electrónicas para controlar a delincuentes y enfermos mentales, relató.

Para 1983, prosiguió, Estados Unidos la aplicó como medida penitenciaria, y para el 2000 tenían cerca de 70 mil internos sujetos a este control.

La especialista detalló que puede ser anulado cuando la persona no se encuentre en el radio de monitoreo en el tiempo indicado en el cronograma; si se retira el dispositivo personal; por pérdida o suspensión temporal del servicio telefónico.

Por cambio de domicilio sin autorización del jefe de la unidad; por alterar o modificar cualquier componente del sistema de monitoreo; por incumplir injustificadamente y de manera reiterada con el cronograma, o conducirse con falsedad al momento de solicitar un permiso para salir del domicilio, entre otras razones.

El programa de Monitoreo Electrónico a Distancia integra tres etapas: readaptación familiar con duración de uno a quince días; cumplimiento laboral, estará obligado a incorporarse al empleo propuesto, a más tardar el día 16 en que obtuvo su reincorporación, y cumplimiento de cronograma de entradas y salidas.

Finalmente, la académica de la FD informó que en el Distrito Federal se cuenta con 300 brazaletes, y actualmente, del total de la población penitenciaria local, sólo 51 sentenciados están bajo esta modalidad; de ellos, 47 son varones y el resto mujeres. El tiempo mínimo que pueden utilizar el dispositivo es de 15 días, y máximo dos años.

Asimismo, de noviembre de 2006 a la fecha, se ha revocado a 10 personas, principalmente por intoxicación, por no emplearse, incumplir con el cronograma, y sólo un caso por fuga.

-o0o-

 

Fotos