• Se encuentra subordinado
a la Secretaría de Hacienda y al titular del Poder Ejecutivo,
dijo el catedrático de la FD, Manuel Alejandro Vázquez
Flores
• Propuso que la Auditoría Superior de la Federación
sea la encargada de vigilar al Banco Central
La autonomía del Banco de México (Banxico)
está restringida porque se encuentra subordinada a
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
(SHCP) y, en consecuencia, al Ejecutivo Federal, aseguró
Manuel Alejandro Vázquez Flores, catedrático
de la Facultad de Derecho (FD).
Al dictar la ponencia “La cuestionable autonomía
del Banco de México”, en el aula magna Jacinto
Pallares de la FD, consideró que, en la actualidad,
ningún organismo constitucional autónomo lo
es realmente.
El párrafo séptimo del artículo
28 constitucional, explicó, establece que la conducción
del Banco Central estará a cargo de personas cuya designación
será hecha por el Presidente de la República,
con la aprobación de la Cámara de Senadores
o la Comisión Permanente; lo que “es la primera
aberración y contradicción de la propia Carta
Magna”.
Al tener la denominación de Banco Central,
el Poder Ejecutivo no tiene por qué inmiscuirse directa
o indirectamente en el nombramiento de los miembros de su
Junta de Gobierno y mucho menos del gobernador, apuntó
el catedrático de la asignatura de Derecho Bancario
y Bursátil.
El autor del libro El manual de derecho bancario
explicó que la autonomía de Banco de México
se apoya en tres fundamentos: su independencia para determinar
el volumen del crédito primario que pueda ser otorgado,
la independencia de los integrantes de la Junta de Gobierno
y de su actividad administrativa.
Se trata, abundó, del Banco Central de la
nación, que tiene la exclusividad de la emisión
de la moneda. Se creó en cumplimiento de un mandato
de la Constitución de 1917.
Manuel Alejandro Vázquez propuso que la Auditoría
Superior de la Federación sea la encargada de vigilar
al Banco Central, sin que esté subordinado a ella.
En teoría, el Banxico no pertenece ni está
subordinado al Poder Ejecutivo, Legislativo o Judicial; no
es un organismo paraestatal o desconcentrado, y no forma parte
de la administración pública centralizada, concluyó.
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