14:15  hrs. 26 de Junio de 2008

  

Boletín UNAM-DGCS-414

Centro Cultural Universitario Tlatelolco

 

Edmundo Elías Mussi

 

Pie de foto al final del boletín

 

 

INVIABLE, UNA REFORMA ENERGÉTICA, POR LAS CONDICIONES DEL PAÍS

 

 

La reforma en materia energética, particularmente del petróleo, no es viable por las actuales condiciones políticas, sociales y económicas del país, aseguró el profesor de la Facultad de Derecho (FD), Edmundo Elías Mussi, en el cuarto día de trabajos del Debate Universitario sobre la Reforma Energética, organizado por la UNAM.

 

Además, cualquier adecuación a los ordenamientos secundarios en la materia implicaría la de algunos párrafos del artículo 27, así como otro del 28 de la Carta Magna, agregó en la mesa Análisis de la constitucionalidad de las reformas petroleras II, moderada por la directora de la Facultad de Estudios Superiores Aragón, Lilia Turcott, y relatada por Juan Vega Gómez, secretario Académico del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ).

Sin embargo, dijo, la paraestatal debe reestructurarse de manera profunda, mediante una reforma que abarque tres aspectos: administrativo-fiscal, las leyes y reglamentos que rigen su estructura, organización y funcionamiento, y sus relaciones contractuales laborales.

 

En el Auditorio Alfonso García Robles del Centro Cultural Universitario Tlatelolco, el integrante del IIJ, Miguel Carbonell Sánchez, reconoció que la reforma al sector energético no es un asunto fácil, pues el texto del artículo 27 constitucional no es claro en sus alcances y suscita diversas dudas.

 

Por ello, afirmó que no es posible emitir un juicio de valor global sobre la constitucionalidad o no de las iniciativas; es necesario estudiar por separado cada una de sus partes y, al hacerlo, se detectarían cuestiones que son compatibles o no con la Carta Magna.

 

El jurista citó, por ejemplo, que los llamados bonos ciudadanos no violan la Constitución porque no transmiten a individuos la propiedad del petróleo, ni generan derechos que se puedan hacer efectivos sobre la explotación del mismo. No se otorga la propiedad accionaria de Pemex, lo que sucedería si se abriera la emisión de títulos bursátiles.

 

En las iniciativas hay excepciones a los procesos de licitación, a los que obliga el artículo 134, lo que es inconstitucional, porque ningún comité técnico de Pemex puede tener facultades para dictar normas en materia de adquisiciones.

 

En opinión del académico de la FD, Alejandro López Velarde, la iniciativa presentada no es la que se esperaba, pero es la única que, en alguna medida, probablemente pueda apoyar las actividades de una empresa agobiada por la magnitud de los impuestos que aporta, y que encuentra restricciones para asociarse con un tercero para actividades que la Constitución no prohíbe, como refinación, petroquímica, transportación y distribución.

 

Las actividades de exploración y producción sí están prohibidas por el 27 constitucional. Así, lo único que se pretende es permitir que la paraestatal se allegue de la tecnología y los capitales necesarios, “para no volvernos deficitarios en cada una de las facetas de la industria petrolera”.

El abogado sostuvo que Pemex, “rehén” del gasto público nacional, no invierte en petroquímica, área que contaba con 61 plantas, mismas que están cerrando; ni en refinación, que posee seis plantas y se requieren, por lo menos, cuatro más; ni tampoco en transportación y distribución, vía ductos. Lo único que le queda es invertir en las actividades más productivas: exploración y producción.

 

No obstante, el problema es que no tiene la tecnología para la exploración de yacimientos petrolíferos profundos, a más de mil metros de profundidad, ni sabe administrar el riesgo de un proyecto de esas dimensiones, finalizó.

 

En su oportunidad, el director del Seminario de Teoría General del Estado de la FD, Jesús Anlén López, indicó que se está ante la propuesta de una nueva ley, más que de una iniciativa de reformas y adiciones a la Ley Reglamentaria del 27 constitucional en el ramo petrolero.

 

Se le da mucha atención al problema energético, cuando se debió plantear una reforma constitucional y no a las leyes secundarias, donde las interpretaciones doctrinarias, históricas y jurisdiccionales serán el debate constante en México, opinó.

 

El académico recordó que las actividades del sector sólo deben estar reguladas por el Estado; por ello, otorgar concesiones o contratos a particulares tiende a privatizar y extranjerizar, en forma gradual pero sostenida, “no al petróleo y su industria, sino a la actividad petrolera”.

 

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FOTO 01.

 

Aspecto de la mesa Análisis de la constitucionalidad de las reformas petroleras II, del Debate Universitario sobre la Reforma Energética, en el Centro Cultural Universitario Tlatelolco de la UNAM.