12:30  hrs. 08 de Marzo de 2008

  

Boletín UNAM-DGCS-149

Ciudad Universitaria


Ernesto Villanueva

Pie de fotos al final del boletín

 

BRINDA MAYOR SEGURIDAD JURÍDICA LA INFORMACIÓN DOCUMENTAL

 

·          Reconocieron los participantes en el Seminario Transparencia: ¿Qué reforma?, organizado por la UNAM y la Cámara de Diputados

·          Ernesto Villanueva, del IIJ, dijo que aunque el derecho de acceso a la información tiene carta de naturalización en México, no hay lecciones aprendidas

 

Ante las reformas en materia de acceso a la información pública en el país, impulsadas desde el 2002, “el hecho de que la información esté en documentos brinda mayor seguridad jurídica”, coincidieron los participantes en el Seminario Transparencia: ¿Qué reforma?, que se llevó a cabo en el Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM.

 

En el encuentro, organizado por esa entidad, en colaboración con las comisiones de Puntos Constitucionales y de la Función Pública de la Cámara de Diputados, Ernesto Villanueva, investigador del IIJ, dijo que aunque el derecho de acceso a la información tiene cierta carta de naturalización en el territorio nacional, al contar con 31 leyes estatales y una federal, “no hay lecciones aprendidas”.

 

Algunos apartados de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, han generado complicaciones en el derecho a saber; es decir, “no hay una propuesta de avanzada o democrática, por lo menos para los gobernados, ni una búsqueda de vanguardia; por el contrario hay múltiples restricciones”.

 

El hecho de que México sea un Estado democrático de derecho, en desarrollo y en proceso de formación, hace que muchas de las actuaciones que, de acuerdo al principio de legalidad, deberían estar fundadas y motivadas, y por tanto, expresadas en un documento, aunque a veces no lo estén.

 

En el aula de seminarios Dr. Guillermo F. Margadant del IIJ,  Villanueva comentó que la actual Ley de Transparencia, aprobada y publicada en 2002, fue resultado de un arduo debate, que permitió tener a la mejor ley posible en ese momento, y representó avances importantes en la materia.

 

No obstante, recalcó, hay algunos puntos preocupantes, como el tiempo de reserva, que establece un lapso de doce años para proporcionar cierto tipo de datos, susceptibles de ser prorrogados al infinito, siempre y cuando haya causas que lo justifiquen.

 

Es indispensable que la sociedad, y en particular los legisladores, tomen en cuenta los intereses del pueblo de México. No obstante, habrá que ver si efectivamente el país está preparado para más información o no, o por el contrario se ha ido demasiado lejos y se tiene que ajustar a información que no sea frívola, sino acotada o restringida.

 

Por su parte, Agustín Millán Gómez, comisionado del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal (INFODF), consideró que quienes abogan porque las leyes de transparencia restrinjan el derecho de acceso a la información a una expresión documental, sostienen que así se evita el abuso de esta facultad, y se favorece el principio de seguridad jurídica, porque las respuestas a las solicitudes deben tener un soporte gráfico.

 

Todo acto de autoridad debe estar revestido de fundamentación y motivación, lo que da una presunción de legalidad y, por tanto, de certeza jurídica a las respuestas que sean otorgadas a las solicitudes planteadas en forma de preguntas.

 

Para ello, se deben establecer mecanismos que impidan que el desconocimiento de un lenguaje técnico burocrático para requerir una determinada información, contenida en un documento en específico, anule este derecho.

 

El comisionado del INFODF, refirió que atender en la mayor medida de lo posible lo solicitado, incluye la obligación de dar orientación en caso de que la petición sea “imprecisa” o que existan contenidos relacionados, similares o análogos a lo pretendido.

 

“Se trata de minimizar los efectos perjudiciales del hecho de que la ciudadanía en general no sea experta en aspectos administrativos o en formalismos técnicos, que siempre se ven de manera generalizada en las respuestas que dan las autoridades gubernamentales en cualquier parte del país”, indicó.

 

A su vez, María de la Luz Mijangos, directora de la Unidad de Enlace de la Cámara de Diputados, opinó que la reforma al artículo sexto de la Carta Magna será en la historia del acceso a la información un hito, que marcará muchos de los debates y avances en la materia, no tanto por el contenido, sino por haber elevado a garantía constitucional este tema.

 

“Al ciudadano le interesa que se le contesten las preguntas básicas del quehacer del servidor público y gubernamental, como qué hace, cómo lo hace, con qué medios y para qué lo hace. La autoridad debe tener documentado todo lo que se realiza, no sólo lo que se refiere al resultado del ejercicio de sus atribuciones”, concluyó.

 

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FOTO 01

María de la Luz Mijangos, de la Unidad de Enlace de la Cámara de Diputados, opinó en la UNAM que la reforma al artículo sexto de la Carta Magna será un hito en la historia del acceso a la información.

 

FOTO 02.

Ernesto Villanueva y Agustín Millán, Eleael Acevedo, en el Seminario Transparencia: ¿Qué reforma?, efectuado en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.