12:30 hrs. 17 de Septiembre de 2007

  

Boletín UNAM-DGCS-570

Ciudad Universitaria


Aarón Jiménez Paz

 

Pie de fotos al final del boletín

 

CONSTITUYEN TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS UNA RESPONSABILIDAD COMPARTIDA

 

·        Afirmó en la UNAM Aarón Jiménez Paz, titular de la Unidad de Enlace de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

·        Ambas se presentan hoy en día como una responsabilidad compartida tanto de las instituciones, como de la sociedad civil y las nuevas generaciones

·        Participó en el Congreso Justicia y autonomía: los retos de la transparencia, coordinado por John Ackerman y Ernesto Villanueva, del Instituto de Investigaciones Jurídicas

 

La transparencia y la rendición de cuentas no son una moda pasajera, sino una responsabilidad compartida tanto de las instituciones, como de la sociedad civil y las nuevas generaciones, para su consolidación en el ejercicio de la función pública y el desarrollo, señaló en la UNAM Aarón Jiménez Paz, titular de la Unidad de Enlace de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

 

Al participar en el Congreso Justicia y autonomía: los retos de la transparencia –coordinado por John Ackerman y Ernesto Villanueva, del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Universidad Nacional, agregó que en años recientes se han presentado cambios tanto en las ideas como en las leyes, pero el más importante se gesta –y no puede darse ni un paso atrás– respecto a las actitudes de los ciudadanos frente a las autoridades.

 

Jiménez Paz recalcó que el derecho a la información ha sido reconocido por diversos instrumentos internacionales, por lo que implica en sí mismo y como instrumento para el ejercicio de otras salvaguardas, como las electorales, de expresión y la participación en asuntos públicos, parte necesaria de un sistema democrático.

 

En la Mesa Los Organismos Autónomos, mencionó algunos pendientes que deben tomar en cuenta los legisladores en la materia: evitar procedimientos engorrosos y burocráticos; subsanar lagunas en la actual ley, respecto a procedimiento y criterios de clasificación, y definir qué pasa con la información emitida por otras autoridades, que ellas clasifican como confidencial.

 

Por su parte, Federico Rubli Kaiser, director de Relaciones Externas del Banco de México, comentó que “con la adición del segundo párrafo al artículo sexto de la Constitución se considera que se consolida el derecho de acceso a la información como uno de los fundamentales de los individuos a todos sus niveles, poderes, órganos y entidades”.

 

Con ese agregado todos los sujetos obligados podrán ponerse en sintonía con los principios y las bases de la Carta Magna en este sentido. Esta adición reviste particular interés para esta institución financiera, “a efecto de realizar las modificaciones operativas que sean necesarias para cumplir cabalmente con las obligaciones adicionales de transparencia y acceso a la información”, afirmó.

 

Sin embargo, expresó, para instrumentarlo se debe esperar hasta que se emitan las regulaciones secundarias pertinentes, concernientes a los órganos autónomos. Con ello se podrán conocer las obligaciones para adaptar la estructura institucional en su cumplimento.

 

A su vez, Salvador Nava Gomar, magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), destacó que no es conveniente que el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental se convierta en un órgano constitucional autónomo que vigile el desempeño de la transparencia de todos los órganos del Estado a nivel general.

 

“Se me haría de una gran complejidad. Abarcaría más sujetos que tiene como responsabilidad la propia entidad superior de fiscalización: el Auditor Superior. Hay que ser cuidadosos con estas propuestas”, advirtió en la Sala Guillermo Floris Margadant del IIJ.

 

Los llamados “otros sujetos obligados”, son los órganos constitucionales autónomos y otras entes similares que no encajan directamente en esta clasificación, pero tampoco en el diseño clásico de la división de poderes en toda la República; son una especie de híbridos difíciles de regular para garantizar la autonomía plena del acceso a la información y los controles internos al respecto, puntualizó.

 

Ese concepto, concluyó, surge como una aportación de la doctrina italiana para complementar la noción clásica de separación de jurisdicciones, la cual es imprescindible para asegurar un Estado democrático. La relación entre los tres que la conforman son insuficientes para asegurar la vigilancia entre los órganos estatales.

 

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FOTO 1

John Ackerman y Ernesto Villanueva, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, durante el Congreso Justicia y autonomía: los retos de la transparencia.

 

FOTO 2 .

Aarón Jiménez, Salvador Nava y Federico Rubli, durante el Congreso Justicia y autonomía: los retos de la transparencia, en el IIJ de la UNAM, donde hablaron sobre los avances en la rendición de cuentas.