Boletín
UNAM-DGCS-322
Ciudad Universitaria
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SIN TIPIFICAR EN MÉXICO, EL DELITO DE TRATA DE PERSONAS
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Señaló Norka María
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Por carecer de normatividad, nuestro país
se ha convertido en un “paraíso” para la delincuencia transnacional organizada,
advirtió
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Al dictar
Es urgente tipificar la trata de personas en México, ilícito que afecta
a muchas familias mexicanas y cada día se agrava más, debido a la carencia de
una legislación que la combata o prevenga, afirmó Norka María
Al dictar
Este fenómeno, expuso, es una forma de esclavitud moderna. Se trata de
la captación, traslado y recepción de individuos mediante amenaza, uso de la
fuerza u otras formas de coacción, rapto, fraude, engaño, abuso de poder o
situación de vulnerabilidad con fines de explotación, según estipula el
Protocolo para la Prevención y Combate de la Trata de Personas, en especial de
mujeres y niños, firmado por México en 2000 y ratificado en 2003.
Sus derivados son el comercio
sexual, trabajos o servicios forzados, sometimiento o prácticas análogas,
extracción de órganos y servidumbre, abundó la experta.
A pesar del documento suscrito, la legislación relativa a este delito
aún no está codificada, por lo que se está “ante un incumplimiento
internacional y un problema que es urgente resolver”. Ello, porque en el
Capítulo Octavo del Código Penal Federal sí se contempla, pero sin tipificar,
reveló.
México no ha incluido en su normatividad interna el combate específico
a este ilícito. La iniciativa existe, ha sido aprobada por la Cámara de
Senadores, y se encuentra en
Su importancia reside en que hoy por hoy un sinnúmero de personas,
entre ellos niños, desaparecen, por eso las autoridades deben tomar cartas en
el asunto. Asimismo, sugirió que las entidades, en lo particular, empiecen a
definir esta trasgresión, para luego hacerlo a escala nacional. “Se trata de
invitar a cada estado, dentro de su soberanía, a realizar sus propias leyes.
Así sería más fácil llevarlo a toda la República”.
Al ser un fenómeno transnacional, alertó, su combate también requiere
de la ayuda de diversos países y, sobre todo, de aquellos que no cuentan con
una reglamentación, pues son blanco fácil de la delincuencia organizada.
López Zamarripa expuso que para disponer al respecto se requieren
criterios mínimos. “Para tipificar con precisión el delito de trata de personas
hay que promulgar la legislación donde se establezca la responsabilidad
administrativa, civil y, cuando proceda, penal”.
Además, revisar los controles de gestión, establecer sanciones
efectivas en cooperación con la sociedad internacional, por tratarse de un
hecho que traspasa fronteras nacionales y que no se puede atacar sólo desde un
Estado, así como establecer el decomiso de los instrumentos y producto de este comercio,
agregó.
A eso debería añadirse el impedimento de que las víctimas sean
procesadas, detenidas o sancionadas por el carácter ilegal de su entrada al
país, incorporar disposiciones para protegerlas de la deportación sumaria o
repatriación, cuando haya motivos razonables que pudieran significar riesgos
para ella o su familia, aclaró.
La especialista también propuso establecer disposiciones para que se
reciba información jurídica y asistencia en el idioma respectivo, garantizar el
resguardo de testigos y dar asesoría legal a los afectados que acepten
colaborar con las autoridades.
Tales señalamientos, detalló, fueron enviados a un comité encargado de
redactar la propuesta que ya fue aprobada por la Cámara de Senadores.
Ojalá pronto sea incorporada a la legislación, porque se necesita un mecanismo que haga que estos ilícitos disminuyan. Los Estados deben prevenir y sancionar esos lastres con fuerza, para que lo piensen dos veces antes de cometerlos, concluyó.
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FOTO 01.
Norka María
FOTO 02
Por carecer de
normatividad, nuestro país se ha convertido en un “paraíso” para la
delincuencia transnacional organizada, afirmó María