06:00 hrs.  27 de Agosto de 2005

 

 

Boletín UNAM-DGCS-660

Ciudad Universitaria

Pies de foto al final del boletín

AVENTAJA RÉGIMEN ELECTORAL A CULTURA POLÍTICA EN MÉXICO

 

·        Señaló en la UNAM Dieter Nohlen, catedrático de ciencia política en la Universidad de Heidelberg, Alemania

·        El magistrado Jesús Orozco, expuso que el régimen constitucional y legal electoral mexicano, ofrece un marco razonable y suficiente para garantizar elecciones libres

·        Participaron en la última mesa del Seminario “Propaganda y Publicidad en Campañas Electorales. Hacia la elección federal del 2006”

 

El perfeccionamiento del régimen electoral mexicano ha aventajado el desarrollo de la cultura política del país, por lo que los problemas actuales no derivan del derecho, sino de los actores políticos que no acatan las reglas, aseveró en la UNAM el reconocido científico social Dieter Nohlen.

 

El catedrático de ciencia política en la Universidad de Heidelberg, Alemania, precisó que dichos personajes exigen disposiciones, pero no se adaptan a ellas.

 

Al participar en el Seminario “Propaganda y Publicidad en Campañas Electorales. Hacia la elección federal del 2006”, organizado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas, expuso que los países con democracias jóvenes se han visto obligados a establecer toda una arquitectura institucional para garantizar la celebración de elecciones libres y honestas.

 

Sin embargo, insistió, los problemas de los contendientes para respetar las reglas del juego, mezclados con juicios morales, tienden a cubrir buena parte del temario de la propia propaganda electoral y se retira la atención de lo fundamental como son las políticas públicas.

 

“Dado el bajo nivel de la cultura institucional, estos conflictos aumentan el grado de emocionalidad de las campañas  electorales y producen discursos populistas que actúan como un imán para las poblaciones, influyendo así de manera considerable en la comunicación entre líderes y masas”, advirtió.

 

Indicó en la mesa “Propaganda y publicidad electorales: un punto de vista comparado”, que la difusión comicial se inscribe en un proceso de persuasión y da importancia a elementos meramente emotivos, al tiempo que recurre a estereotipos.

 

El líder populista, apuntó, apela en su argumentación a los aspectos irracionales, antes que a los lógicos racionales de que disponen los individuos. Elige sus palabras no tanto por su adecuación al objeto, como por el efecto que en cada caso quieren obtener de ellas.

 

Tal vez, dijo,  el populismo no sea  otra cosa “que un caso extremo de lo que más moderadamente constituye el marco de la oferta política ordinaria”.

 

Señaló que América Latina ha llegado a una democracia donde sólo está funcionando lo electoral, y el resto no corresponde a los patrones de una democracia moderna, representativa u occidental.

 

En su  oportunidad, el magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Jesús Orozco, expuso que el régimen constitucional y legal electoral mexicano, así como el correspondiente diseño institucional, comparándolo con el vigente en otros países, ofrecen un marco razonable y suficiente para garantizar elecciones libres y auténticas.

 

Ello reclama un renovado compromiso de los actores políticos, partidos y ciudadanos para ajustarse a la disposición legal y constitucional aplicable, así como a utilizar los canales establecidos para la resolución de los conflictos electorales, añadió.

 

Señaló que existen en México medios directos  e indirectos de control de la regularidad electoral, a fin de asegurar la eficacia y vigencia del régimen jurídico en materia de propaganda, campaña y precampañas electorales.

 

Entre éstos últimos se encuentra el procedimiento administrativo sancionador,  a través del cual la autoridad correspondiente impone sanciones al partido político infractor, constituyendo mecanismos represivos e indirectos a fin de lograr la eficacia del orden legal, detalló.

 

Adicionalmente existen mecanismos directores de control de la regularidad electoral, a través del sistema de medios de impugnación en la materia, bajo la competencia de los tribunales.

 

En la regulación de las campañas entre las 32 entidades federativas de México pueden identificarse tres grandes grupos. El primero corresponde a aquellas 15 en que no existen disposiciones legales  expresas sobre las precampañas, y las autoridades tampoco han previsto reglamentación alguna, informó.

 

En el segundo están comprendidas otras 15, en cuya normatividad se prevén expresamente las campañas, con independencia de que a la par se hubieren emitido acuerdos o reglamentos sobre el tema, expuso.

 

En el tercer grupo se encuentran  aquellas dos en que las autoridades establecieron una reglamentación específica, concluyó.

 

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FOTO 1.

 

Dieter Nohlen y Jesús Orozco participaron en la última mesa del Seminario “Propaganda y Publicidad en Campañas Electorales. Hacia la elección federal del 2006”.

 

FOTO 2

 

Asistentes a la mesa “Propaganda y publicidad electorales: un punto de vista comparado”, en el IIJ de la UNAM.