15:00 hrs.  05 de Julio de 2005

 

 

Boletín UNAM-DGCS-512

Antigua Escuela de Medicina

 

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APRUEBA EL CU LA REFORMA AL ESTATUTO GENERAL Y REGLAMENTOS DE HUMANIDADES, ENP Y CCH

 

·        También al Reglamento General de los Centros de Extensión Universitaria

·        Presentaron informes: el Colegio Académico, sobre el avance del proyecto para la reforma del Reglamento General de Estudios de Posgrado; el Claustro Académico, sobre el avance del proyecto para modificar el Estatuto de Personal Académico, y la CECU

 

El Consejo Universitario (CU) aprobó en sesión extraordinaria reformar el Estatuto General y los reglamentos Interior del Consejo Técnico de Humanidades, de las escuelas nacionales Preparatoria (ENP) del Colegio de Ciencias y Humanidades (CCH), y el General de los Centros de Extensión Universitaria.

 

En el caso de los reglamentos Interior del Consejo Técnico de Humanidades y de la ENP y el CCH, el propósito es reconocer el derecho de cualquier universitario, mexicano o extranjero, para representar legítimamente los intereses superiores de los propios universitarios, ante instancias colegiadas trascendentes para la vida institucional de esta casa de estudios.

 

De esta manera, ya no es requisito tener la nacionalidad mexicana para ocupar la representación de Consejero Universitario, Consejero Técnico, Consejero Académico de Área, Director de Centros o Coordinadores.

 

Al respecto, el rector Juan Ramón de la Fuente consideró necesario dejar de lado las expresiones fundamentalistas y de carácter xenofóbico, porque la Universidad no sería hoy lo que es en todas las áreas que cultiva, si no hubiera sido por los enormes beneficios que le ha dejado la apertura con la que se ha recibido a todo tipo de inmigrantes, que han debido salir de sus países por persecución, acoso o por estar en peligro su vida.

 

”Qué sería de la institución sin el gran injerto que le han traído, a lo largo de su historia, los intelectuales de primera calidad que en la UNAM formaron escuelas formidables de pensamiento y que desarrollaron áreas inéditas para México. Sin ellos sería imposible pensar en la Universidad y en el desarrollo científico, cultural, humanístico y tecnológico de nuestro país”, subrayó.

 

Antes, durante la sesión ordinaria, presentaron sus informes el Colegio Académico sobre el avance del proyecto para la reforma del Reglamento General de Estudios de Posgrado; el Claustro Académico, sobre el avance del proyecto para modificar el Estatuto de Personal Académico, y de la Comisión Especial para el Congreso Universitario (CECU).

 

A propuesta del rector de la UNAM, Juan Ramón de la Fuente, el CU modificó los reglamentos Interior del Consejo Técnico de Humanidades y de la ENP y el CCH, con lo que se busca eliminar el requisito de ser mexicano por nacimiento de los universitarios para dirigir y representar los intereses de las comunidades a las que se refieren estas disposiciones.

 

En sus argumentos, se señala que ante las nuevas circunstancias nacionales e internacionales, donde la Universidad Nacional es referencia por su liderazgo académico, científico y docente, se refrenda el carácter plural, incluyente y abierto de esta institución.

 

La UNAM, se abunda, no hace distinciones ni segmentaciones por razones de nacionalidad, género o creencias religiosas, sino que, basada en los méritos académicos y las aportaciones individuales a la docencia, investigación, difusión de la cultura y solución de los problemas nacionales, se reconoce el derecho de cualquier universitario para representar en forma legítima, los intereses de su propia comunidad ante las instancias correspondientes para su vida institucional.

 

Señala que la Ley Orgánica de la UNAM, instrumento jurídico aprobado por el Congreso de la Unión, establece la nacionalidad mexicana por nacimiento como uno de los requisitos para formar parte de la Junta de Gobierno, del Patronato Universitario y para ser rector o director de alguna facultad, escuela o instituto.

 

Esta condición, prosigue la propuesta, ha sido retomada por el legislador universitario para los representantes académicos, alumnos y trabajadores ante el CU y los consejos técnicos.

 

Hoy día, añade, los académicos y alumnos de origen extranjero pueden intervenir, sin restricción alguna, en los consejos académicos de área, en los internos y en los asesores, dado que ni el Estatuto General ni sus reglamentaciones internas establecen el requisito de ser mexicano por nacimiento para poder integrar estos cuerpos colegiados.

 

Conforme a ello, considera necesario actualizar y hacer consistente el régimen interior de esta casa de estudios, para ser sensible a la realidad que caracteriza a los cuerpos académicos y, propiciar con ello, una mayor participación de los investigadores y docentes de origen extranjero, de reconocido prestigio en la vida institucional y académica de la UNAM, con reformas de las normas que exigen la nacionalidad mexicana por nacimiento para ocupar el cargo de consejeros universitarios, técnicos, académicos de área y directores de centros o coordinadores.

 

Así, en el artículo primero de las reformas se deroga la fracción I del artículo 18; la fracción I del 20; la fracción I del 22; la fracción I del 24; la fracción I del 52–A, y se modifica el proemio y el párrafo tercero del artículo 52 del Estatuto General.

 

Además, se deroga la fracción I del numeral 2 del artículo cuarto transitorio, de la reforma del 27 de febrero de 1991 del mismo ordenamiento.

 

En el artículo segundo de la reforma se deroga la fracción I del artículo cuarto del Reglamento Interno del Consejo Técnico de Humanidades; en su artículo tercero se deroga la fracción I del artículo 17 y la fracción I del 18. Además, se modifica la fracción I del artículo 35 del Reglamento de la ENP.

 

 

Respecto al artículo cuarto de la reforma se deroga la fracción I del artículo 9; la fracción I del 10, y la fracción I del párrafo segundo del artículo 34. Además, se modifican la fracción I del artículo 24, y la fracción I del artículo 40 del Reglamento del CCH.

 

Dentro del artículo quinto se deroga la fracción I del artículo 8 del Reglamento General de los Centros de Extensión Universitaria. En este caso, hay un Transitorio único que señala que las presentes reformas entrarán en vigor una vez aprobadas por el CU, al día siguiente de su publicación en la Gaceta UNAM.

 

En su informe, el Colegio Académico indica que en abril concluyó un anteproyecto de reforma, producto de ocho meses de trabajo. Luego, lo envió a los órganos respectivos para que lo analizaran.

 

Se obtuvieron un total de 821 comentarios y recomendaciones. Con ellas, la Junta de Coordinación reelaboró un nuevo anteproyecto que fue presentado al Colegio Académico.

 

En la actualidad está sujeto a un análisis para identificar posibles omisiones y eventuales inconsistencias. Se realizará una revisión jurídica adicional por parte del Abogado General, para después enviarlo a las comisiones correspondientes del Consejo Universitario.

 

En su oportunidad, el Claustro Académico para la reforma del Estatuto del Personal Académico (EPA) presentó su segundo Informe al CU. Manifestó que cinco grupos de trabajo organizados por sectores elaboraron igual número de documentos, los cuales fueron presentados a su pleno.

 

Posteriormente, se conformaron cinco comisiones, con representantes de todas las figuras y sectores que componen el Claustro, para definir los alcances y orientaciones generales de la reforma. Estos grupos elaboraron propuestas estratégicas para la siguiente fase.

 

Los resultados de sus debates fueron entregados a la Junta de Coordinación, quien integró un documento, que se compone de tres apartados aprobados por el Claustro y presentados a consideración del pleno: Alcances Generales de la Reforma del EPA y de Orientaciones Generales para la Reforma del EPA. Además, se acordó aceptar el Programa de Trabajo para las siguientes fases.

 

En su octavo Informe General, la Comisión Especial para el Congreso Universitario (CECU) precisó que con este documento culmina la tarea encomendada por el CU de elaborar una visión diagnóstica y prospectiva de la UNAM.

 

Dicho trabajo, señaló, se elaboró a partir de diversas fuentes, en especial de la problemática sobre la institución, manifestada por la comunidad universitaria en diversos espacios de consulta, creados expresamente para favorecer una amplia participación.

 

Dijo que constituyó la principal tarea de la CECU durante los últimos meses, en los que ha elaborado y revisado versiones sucesivas, tanto al interior de las subcomisiones como en sesiones plenarias.

 

El documento, recalcó la CECU, refleja la percepción de que la UNAM tiene una vida académica vigorosa, realiza importantes aportaciones a la sociedad y está comprometida con el país.

 

La Comisión reiteró su convencimiento de que la reforma universitaria debe continuar de manera gradual y consensuada, bajo la responsabilidad última del CU. Por otra parte, dijo, el desarrollo por etapas permite que los cambios de la institución no queden sujetos a tiempos políticos internos ni externos.

 

La reforma general, consideró la CECU, implica múltiples adecuaciones específicas que deben contribuir a una transformación de la UNAM a las circunstancias del contexto nacional e internacional, y a un mayor y mejor desarrollo de sus funciones sustantivas. En esta perspectiva deben utilizarse y crearse las instancias pertinentes para el estudio y eventual resolución de los asuntos y temas relevantes.

 

La elaboración del diagnóstico, apuntó, se sustentó en la sistematización y análisis de las opiniones expresadas por la comunidad universitaria, así como en documentos previos referidos al proceso de reforma de la UNAM. También se consideraron opiniones de los consejos técnicos e internos de facultades, escuelas, institutos y centros, además de otros creados por administraciones anteriores y por sugerencias planteadas por especialistas en educación superior.

 

 

 

El propósito, argumentó, es contribuir al proceso de reforma en la que está inserta la Universidad y responder a los retos internos y externos que constantemente enfrenta una institución de esta naturaleza. Así, pretende servir de base para construir los consensos y acuerdos indispensables, para que la comunidad universitaria oriente y defina las reformas requeridas para la institución.

 

La CECU solicitó al Consejo Universitario  que la faculte para presentar una propuesta que dé continuidad al proceso de reforma.

 

 

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FOTO 01

 

Consejeros universitarios aprobaron que ya no es necesario poseer la nacionalidad mexicana para ocupar la representación de Consejero Universitario, Consejero Técnico, Consejero Académico de Área, Director de Centro de Investigación o Coordinadores.