11:00 hrs. Marzo 19 de 2004

 

Boletín UNAM-DGCS-210

Ciudad Universitaria

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PRIVA LA NECESIDAD CUANDO SE ESTABLECEN RELACIONES INDIVIDUALES DE TRABAJO: NÉSTOR DE BUEN

 

·        Se le puede considerar como un pacto, porque predomina el más fuerte sobre el débil, sostuvo el jurista

·        En México y otras partes del mundo se discuten nuevas formas de contratación, amparadas en los avances tecnológicos, indicó Enrique Larios, académico de la FD de la UNAM

 

Cuando inicia una relación individual de trabajo priva forzosamente la necesidad, pues el ejercicio de la voluntad por parte del empleado es mínimo, afirmó Néstor de Buen Lozano, del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM.

 

Añadió que en el ámbito laboral actual debe cuestionarse si la relación de trabajo se da bajo contrato, si el trabajador hace uso de su libre decisión y autonomía cuando elige y discute las condiciones de empleo, si las puede modificar o le son impuestas.

 

Sólo hace falta considerar que el patrón tiene mayor capacidad económica, preparación y menos problemas de subsistencia; en cambio, el asalariado sólo pone en juego su condición de penuria, en una transacción que indebidamente es llamado contrato individual de trabajo, señaló el jurista.

 

Por ello, se puede hablar de un pacto laboral donde cabe el dominio del más fuerte sobre el débil, refirió durante su participación en la Mesa de trabajo Derecho Social. Tendencias en la contratación laboral, efectuada en el IIJ.

 

Dicho acuerdo, abundó, debe fijar las condiciones personales de trabajo;  por ello, en las negociaciones la necesidad no debe sustituir a la legislación. 

 

En su oportunidad, Enrique Larios, académico de la Facultad de Derecho (FD) de la UNAM, consideró que este instrumento legal no se suscribe en muchos casos: “La gran mayoría de las relaciones laborales se establecen de facto porque el proletario busca el empleo para sobrevivir y esto sucede con todos, desde los más modestos hasta los más encumbrados”.

 

En la actualidad, aseguró, en México y otras partes del mundo se discuten nuevas formas de contratación amparadas en los avances tecnológicos, los cuales tienden a abaratar los salarios y establecer diferencias que llegan a convertirse en verdaderas discriminaciones.

 

Se habla de empleados meritorios, prestadores de servicio social o becarios y si bien todos ellos no tienen experiencia, sí poseen las mismas obligaciones que los demás. Sin embargo, esto es un engaño, porque al prestar sus servicios de manera personal y subordinada ya son trabajadores, precisó.

 

Más tarde, Juan Razo, académico de la Universidad de Uruguay, señaló que las condiciones ocupacionales se han precarizado para todos los obreros y con ello se ha perdido su red de seguridad.

 

En este nuevo modelo laboral, precisó, se han desarrollado formas atípicas de trabajo que van desde el formal y bien retribuido, hasta el desempleo. No se trata de flexibilizar esta legislación, sino de buscar nuevas formas de arreglo que de manera total o parcial eludan dicho instrumento, puntualizó.

 

Mediante este mecanismo, concluyó, se busca la reducción de los costos, una mayor flexibilidad de la organización productiva, producir más o menos según las necesidades de la empresa; así como disminuir o anular el control sindical. 

 

 

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PIES DE FOTO

 

 

Foto 1

 

Néstor de Buen, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, reveló que cuando se inicia una relación individual de trabajo priva forzosamente la necesidad, y no un ejercicio de voluntad por parte del empleado.

 

Foto 2

 

Enrique Larios, de la Facultad de Economía de la UNAM, afirmó que la mayoría de las relaciones laborales se establecen de facto porque el proletario busca el empleo para vivir.