Boletín UNAM-DGCS-065
Ciudad Universitaria
Pies de fotos al
final del boletín
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En el ámbito de la medicina no es clara la
distinción entre ambas
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A diferencia de muchos otros profesionales,
los galenos deben regir su comportamiento profesional por los dos tipos de
normas
La médicos están obligados a
respetar las leyes y reglamentos que rigen su actividad profesional, y además
se espera que se rijan también por las
normas éticas nacionales e internacionales, afirmó Sergio García Ramírez, del
Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM.
Los practicantes de la
medicina deben atenerse a las normas éticas que presiden su profesión, tal y
como lo marca la Ley General de Salud y los diversos ordenamientos
internacionales en esta materia, aseguró.
Ello porque, a diferencia de la norma jurídica –que crea
deberes y derechos–, la ética no es una obligación exigible; sin embargo, en el
ámbito médico esta distinción pierde carácter, pues no es clara y precisa la
frontera entre ambos requerimientos.
Esto significa que cuando un galeno comparece ante un
tribunal para asumir la responsabilidad que la ley le exige –cuando sea el
caso– deberá tomar en cuenta, al igual que los juzgadores, la observancia de
dichas obligaciones, destacó durante la conferencia La ética, la vida, la
muerte y la ley, que se efectuó en el Auditorio Raoul Fournier de la Facultad
de Medicina (FM), en el marco del Seminario de Ética Médica.
A decir del investigador, lo anterior acredita la alta
dignidad de esta ciencia y su importancia social. Agregó que existen otras
leyes, como las reglas técnicas, referidas a cómo hacer bien las cosas y
obtener resultados del mejor modo posible a través del empleo de determinados
instrumentos.
En todo caso, dijo, la disposición médica se refiere no
sólo a su ejercicio, sino a su técnica, la cual se deberá observar y cuidar;
incluso el jurista deberá considerarla cuando se enfrente a cuestiones
referidas a la responsabilidad de sus practicantes.
En relación con las normas legales, señaló que éstas son
producto de la evolución social y mientras estén vigentes habrá de atenerse a
ellas, pues organizan la vida en
sociedad, las relaciones sociales.
De esta manera, existe una estrecha relación entre
derecho y medicina, pues hay un puente entre la formulación de normas y la
solución de muchas de las controversias que se suscitan.
El autor del libro La responsabilidad penal del médico
indicó que los facultativos fungen a veces como jueces, en sentido sustancial,
cuando son llamados a mediar. “Si se deposita en este profesional la cuestión
de arbitrar sobre ciertas cuestiones, se les atribuye una función
jurisdiccional; va a resolver, a dictar un laudo que, en esencia, es una
sentencia”, arguyó.
De ahí su importancia y responsabilidad al opinar sobre
determinados temas, pues el tribunal o ministerio público, en su caso, tomará
en cuenta casi al pie de la letra, la
opinión de este profesional. Esto debido a que los juzgadores carecen de
elementos y conocimientos propios que le permiten apartarse de ella.
Además, como debe dar razón de sus decisiones y
fundamentarlas, requeriría ser médico para contrariar los dictámenes de un
profesional de la salud, abundó.
García Ramírez destacó que esta ciencia ha sido benéfica
para el derecho, como en el caso de los estudios criminológicos, relativos a la
peligrosidad de los delincuentes. Ellos sirven para proveer al juez de
elementos de juicio –no para relevarlo– e ilustrar su entendimiento y conocer
sobre las condiciones que habían concurrido en el infractor o en la víctima.
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La médicos están obligados a
respetar las leyes y reglamentos que rigen su actividad profesional, afirmó el
investigador Sergio García Ramírez durante la conferencia La ética, la vida, la
muerte y la ley
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Cuando los facultativos de la ciencia médica fungen como jueces o mediadores adquieren una función jurisdiccional, aseveró el jurista Sergio García Ramírez en el Auditorio Raoul Fournier de la Facultad de Medicina de la UNAM