06:00 hrs. Noviembre 24 de 2003

 

Boletín UNAM-DGCS-886

Ciudad Universitaria

 

 

Pies de foto al final del boletín

DIVISIÓN DE PODERES, DERECHO FUNDAMENTAL DEL PUEBLO PARA GARANTIZAR SU LIBERTAD

 

·        Guillermo Vázquez Robles, catedrático de la Facultad de Derecho de la UNAM, precisó que la división de poderes es un derecho fundamental para garantizar la libertad del pueblo

·        Al dictar la conferencia Teoría de la división de poderes, el doctor en ciencia política habló de la necesidad de limitar el poder del Estado

 

En nuestra Constitución la división de poderes es un derecho fundamental para garantizar la libertad del pueblo, porque cuando se concentra el poder político en una sola persona o autoridad, la autonomía y derechos fundamentales de los ciudadanos se ven comprometidos, señaló Guillermo Vázquez Robles.

 

El catedrático de la Facultad de Derecho (FD) de la UNAM sostuvo que la libertad política sólo puede ser garantizada por los gobiernos moderados, pues la experiencia muestra que todo hombre investido de autoridad tiende a abusar de ella; por ello es necesario limitar su dominio.

 

Al dictar la conferencia Teoría de la división de poderes, Vázquez Robles aseguró que cuando los poderes Legislativo y Ejecutivo residen en la misma persona no hay libertad. Tampoco existe si el  Judicial no se encuentra separado de los otros dos.

 

“Todo se perdería si el mismo hombre u organismo ejerciera los tres poderes: el de dictar las leyes, ejecutar las resoluciones públicas y juzgar las causas y pleitos entre particulares”, subrayó el doctor en ciencia política.

 

Explicó que división y separación son dos técnicas de control aplicadas por el poder público. Dividir expresa una connotación negativa y separar denota un criterio positivo, pues supone la repartición y mutuo control. La primera encierra el no concentrar la autoridad en una sola mano.

 

Con la partición de poderes se busca la mayor libertad política de las sociedades. El dominio público siempre se entiende como uno e indivisible y se distinguen, por razones técnicas del trabajo político, las funciones empleadas por los órganos del Estado para efectuar dicho trabajo, indicó el catedrático universitario.

 

La separación de poderes implica la técnica de control del trabajo político. Hoy nuestra Constitución ha entremezclado separación y división, dijo Vázquez Robles, quien sostuvo que la doctrina política utiliza clasificaciones provenientes del principio de la distribución de poderes. En sentido estricto, dijo, “nos referimos a la clásica repartición tripartita, la trilogía constitucional: Legislativo, Ejecutivo y Judicial”.

 

En sentido amplio, la doctrina internacional contemporánea incluye en ese contrapeso, a otros actores que no son necesariamente los poderes clásicos. Pueden ser los organismos de comunicación masiva, las Organizaciones No Gubernamentales, la sociedad de masas o diversas corporaciones sociopolíticas.

 

Vázquez Robles señaló finalmente, que sería prudente considerar la naturaleza humana, pues no se trata únicamente de encontrar mecanismos de freno al mando absoluto, sino de distinguir las funciones y respetar la autonomía de los órganos de Estado encargados de esa representación específica.

 

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Guillermo Vázquez Robles, catedrático de la Facultad de Derecho de la UNAM, señaló que la división de poderes es un derecho fundamental para garantizar la libertad del pueblo

 

FOTO 2

Durante la conferencia Teoría de la división de poderes, el jurista Guillermo Vázquez reconoció que cuando los poderes Legislativo y Ejecutivo residen en la misma persona no hay libertad. Tampoco existe si el Judicial no se encuentra separado de los otros dos