06:00 hrs. Febrero 16 de 2003


Boletín UNAM-DGCS-119

Ciudad Universitaria

 

 

Pies de fotos al final del boletín

 

URGEN CAMBIOS INSTITUCIONALES Y JURÍDICOS AL SISTEMA DE RESPONSABILIDADES DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS

 

 

 

Para prevenir hechos como los de 1968 y 1971, son necesarias modificaciones institucionales y jurídicas al sistema de responsabilidades de los funcionarios públicos, afirmó el consejero del Instituto Federal Electoral (IFE), Jaime Cárdenas.

 

Comentó que hace unos meses se aprobó la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas, la cual “no creo que cumpla sus propósitos o esté orientada por la optimización o maximización de los derechos humanos”.

 

Durante el Foro Internacional “Teoría y práctica en juicios penales por genocidio y delitos de lesa humanidad en México y el mundo”, organizado entre otras instituciones por la Facultad de Derecho (FD) de la UNAM, el consejero electoral expuso lo que a su juicio debe hacer el Estado y la sociedad mexicana para que ese tipo de acontecimientos, así como la llamada “guerra sucia”, no se vuelvan a repetir.

 

Consideró que en lo referente a responsabilidades hay una tarea pendiente, al igual que en el juicio político. Especificó que si en México se va a preservar el último, debe argumentarse para que proceda  contra todas las instancias del gobierno.

 

En lo concerniente a la declaración de procedencia o al fuero, abundó, es necesario delimitar hasta dónde es conveniente éste, con el fin de que determinados funcionarios públicos no sean procesados en forma directa ante un juez penal.

 

Del sistema de revisión de cuentas, el consejero electoral del IFE subrayó que es otra de las materias que necesitan ser reformuladas, no sólo por parte de los legisladores o del Poder Ejecutivo, sino de cualquier servidor público o funcionario.

 

Una reforma de este tipo, recalcó, pasaría por el sistema judicial mexicano, la independencia de los jueces, las garantías judiciales y un cambio en la cultura jurídica; estaría orientada principalmente al derecho internacional, a los pactos y convenciones sobre derechos humanos, así como a maximizar las garantías fundamentales.

 

Los actuales instrumentos jurídicos de protección como el juicio de amparo, mencionó, son vías insuficientes para garantizar a plenitud los derechos humanos.

 

Jaime Cárdenas opinó que es bueno que se le dé la confianza a la fiscalía que investiga situaciones violatorias de esos derechos, como el caso del movimiento estudiantil y su represión en el México de 1968, pero sometida al escrutinio de las Organizaciones No Gubernamentales (ONG´s), de los grupos ciudadanos, así como –en este caso- de los miembros del Comité del 68, con el fin de revisar el cumplimiento de sus funciones dentro de las disposiciones legales.

 

En este foro de reflexión sobre los delitos de lesa humanidad, como captura, secuestro, desaparición y desaparición forzosa, el académico del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM, Joaquín González Casanova, se refirió en forma específica al genocidio.

 

Recordó al auditorio que, entre 1995 y 1998, cerca de 200 mil personas murieron en Bosnia Herzegovina; en 1994 fallecieron, a lo largo de seis semanas, 800 mil personas en Ruanda; dos millones de individuos perdieron la vida en Camboya entre 1975 y 1979; 300 mil durante la violación de Nankin -ciudad del este de China- por las fuerzas japonesas, entre 1937 y 1938; anotó también el genocidio del pueblo armenio en 1915, en el que hubo millón y medio de muertos.

 

Dejó en claro que esto no significa que otras masacres perpetradas desde el poder público no merezcan la reprobación y el castigo, pero  el contexto del debate internacional realizado en 1948 concluyó con una definición bastante restrictiva de lo que es genocidio.

 

El investigador del IIJ aclaró que en México este delito se tipifica en el Código Penal Federal, pero no para el Distrito Federal porque la Primera Asamblea de Representantes -con facultades legislativas plenas- lo derogó.

 

Así, el nuevo Código Penal para el Distrito Federal, hoy vigente, tampoco contempla el delito de genocidio ni los de lesa humanidad. Esto, advirtió, es extremadamente grave.

 

Al referirse en términos generales a México, precisó, los crímenes cometidos desde el poder público no deben quedar impunes. Hay dos estrategias a seguir: usar otras medidas penales y utilizar la interpretación sistemática del tipo legal.

 

A su vez, el abogado argentino Eduardo Salerno, encargado del caso de los jesuitas asesinados en El Salvador y promotor de juicios relacionados con delitos de lesa humanidad en Centroamérica, aseveró que en México hay un problema y no está resuelto en materia de esa clase de crímenes, como es el caso del 68. Pero el mantenimiento del proceso de dicho caso y la nula solución por parte del Estado traen más perjuicios que beneficios.

 

Al respecto, sostuvo, hay una situación no resuelta, por lo que es necesario que la asuma quien corresponde y, sobre todo, la sociedad mexicana. Se requieren un monitoreo permanente por parte de las ONG´s y de la comunidad jurídica internacional, cuyo objetivo será la verificación puntual y concreta de la aplicación de las normas y del  proceso penal correspondiente.

 

Hay que buscar la manera, expuso, de que se instrumente la mejor solución. Se manifestó partidario de que se sostenga y apoye a la fiscalía que investiga el caso del 68, en tanto cumpla la función que le fue encomendada, porque puede servir como eslabón para aplicar justicia.

 

Por otra parte, el jurista indicó refiriéndose a su país: “no estamos en una buena época para la vigencia del derecho internacional”. Al contrario, es una mala temporada, consideró, aunque hay avances conceptuales importantes.

 

Hoy, abundó, la jurisprudencia argentina es diferente y en menos de 20 años se destruyó el plan de impunidad, aunque no la impunidad como tal.

 

Señaló que las experiencias que se han vivido en Argentina y Guatemala son el paradigma de lo que no debe hacerse. Ambas tienen mucho que enseñar a partir de sus errores a cualquier intento o propósito que, con un objetivo similar, se realice en México.

 

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Foto 1

 

Jaime Cárdenas, consejero del Instituto Federal Electoral aseguró que son necesarias modificaciones institucionales y jurídicas al sistema de responsabilidades de los funcionarios públicos para prevenir en el futuro hechos como los de 1968 y 1971.

 

 

Foto 2

 

En la Facultad de Derecho, Joaquín González Casanova, del Instituto de Investigaciones Jurídicas, mencionó que el nuevo Código Penal para el Distrito Federal no contempla el delito de genocidio ni los de lesa humanidad, lo cual es “extremadamente grave”.

 

 

Foto 3

 

Eduardo Salerno, abogado argentino, dijo que en materia de delitos de lesa humanidad en México existe un problema no resuelto, como el caso del 68.

 

 

Foto 4

 

Con la participación de destacados especialistas, en la Facultad de Derecho se efectuó el Foro Internacional “Teoría y práctica en juicios penales por genocidio y delitos de lesa humanidad en México y el mundo”.