Boletín UNAM-DGCS-086
Ciudad Universitaria
Pies de fotos al final del boletín
RIESGOSO EXPEDIR UNA NUEVA CONSTITUCIÓN EN MÉXICO:
EXPERTOS UNIVERSITARIOS
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Los
constitucionalistas del Instituto de Investigaciones Jurídicas y de la Facultad
de Derecho se pronunciaron sólo por una revisión integral
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La Carta Magna ha
tenido más de 400 reformas, adiciones y derogaciones, y continúa siendo una de
las más avanzadas
·
Fue la primera en el
mundo en consagrar los derechos o garantías sociales en 1917
En México no están dadas las condiciones para expedir una nueva Constitución e incluso
resultaría riesgoso para el país, coincidieron juristas de la UNAM, quienes
resaltaron que la Carta Magna –con más de 400 reformas, adiciones y
derogaciones a su articulado desde 1917 hasta nuestros días- continúa siendo
una de las más avanzadas y la primera en el mundo en consagrar los derechos o
garantías sociales.
Al conmemorarse este 5 de febrero el 86
aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, los especialistas consultados explicaron que integrar en
estos momentos una Asamblea Constituyente -que aglutinara a todas las
corrientes del país- traería mayores conflictos que soluciones.
En cambio, se pronunciaron por una
revisión integral -seria y profunda- de nuestra ley fundamental, que siente las
bases del Estado Mexicano del siglo XXI.
De acuerdo con los constitucionalistas,
sólo el siete por ciento de las palabras que el Constituyente de 1917 consagró
en el texto original continúa intacto.
El texto original contenía 22 mil 39
palabras, mientras que en la actualidad son más de 45 mil; es decir, el doble.
De los 136 artículos que comprende la Constitución, sólo una treintena no ha
sufrido modificaciones, los cuales contienen más de tres mil palabras, equivalentes
al 7% del texto vigente.
El artículo que mayores cambios ha
sufrido es el 73, relativo a las Facultades del Congreso de la Unión.
Los investigadores y profesores opinaron
que muchas de las reformas fueron innecesarias, pues los problemas pudieron superarse
mediante una buena interpretación. O bien, los cambios obedecieron al interés
del Ejecutivo en turno.
Cecilia Mora-Donatto, del Instituto de
Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM, aseguró que en las sociedades
actuales no es fácil hacerle frente a la promulgación de un nuevo texto
constitucional. Puso como ejemplo el caso de Colombia, donde los grupos
guerrilleros tuvieron un sitio en la Asamblea Constituyente y, a pesar de que
se lograron amplios consensos entre los sectores para la elaboración de una
nueva constitución, continúan los problemas de reconocimiento y aceptación de
ésta.
La doctora en Derecho apuntó que uno de
los problemas más importantes respecto a la ley fundamental en México es que se
entiende más como un documento político que como una norma.
“Si nosotros la hubiéramos comprendido
desde el principio como tal, no habría sido necesario plantear tantas reformas.
La Constitución estadounidense de 1787, mucho más antigua que la nuestra, no tiene siquiera 15 modificaciones, porque
Estados Unidos asimiló que era una norma y que no todo debería estar contenido
en ella, sino habría que interpretarse
para irla actualizando”, indicó.
El México de 1917, recalcó, obviamente no
es el mismo del 2003, pero la Carta Magna debe interpretarse con la suficiente
flexibilidad para hacer que ese texto original sea vigente y actual.
Expuso que se han acumulado más de 400
reformas porque los gobiernos posrevolucionarios, al acceder a la Presidencia
de la República, se dieron a la tarea de modificarla con el fin de intentar
darle cauce a sus planes particulares de desarrollo y a sus políticas.
Pese a lo anterior, el texto vigente
sigue dando respuestas a la sociedad mexicana y son de avanzada. Algunos
expertos, anotó, la denominan “Constitución socialista de 1917”.
Por ello, recomendó, antes de emprender
algún camino es necesario revisar la evolución que ha tenido el Derecho
Constitucional en México, y después detectar los artículos desfasados del
actuar cotidiano.
En su oportunidad, María del Pilar
Hernández, también integrante del IIJ, subrayó que, dado el panorama social y
político de México, no es el momento para pensar en una nueva Constitución.
Por otro lado, planteó, nuestra ley
fundamental no tiene prevista la erección de un Constituyente. De esta manera,
si se quisiera construir una nueva Constitución, tendrían que realizarse antes
cambios a la actual en ese sentido.
La investigadora se pronunció por la
realización de una consulta en la que intervenga la comunidad académica y
política nacional para llevar a cabo una revisión seria de nuestra Carta Magna,
con el objetivo de transitar a una reforma integral y operativa de la misma.
Desde su óptica, efectivamente hay
preceptos inoperantes, como el artículo 117, fracción primera, que prohibe
alianzas, convenios o tratados entre las entidades federativas. Ello tuvo su
razón de ser en el contexto histórico que prevalecía cuando fue creada, pero no
corresponde a la realidad contemporánea del país, puntualizó.
Entre los temas a revisar están el
federalismo, el fortalecimiento de la vida municipal, las relaciones entre los
poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, el estatus de los órganos autónomos
como la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el reordenamiento del
territorio, así como las facultades de las Cámaras de Diputados y Senadores,
entre otros.
El
profesor de la Facultad de Derecho, Ernesto Román Galán, coincidió en
que una nueva Constitución no es necesaria, pues la vigente representa un
proyecto de nación que ha ido evolucionando acorde con los reclamos sociales.
No obstante, se manifestó a favor de una
revisión a través de grandes temas, en aspectos como las facultades y los
mecanismos de sustitución del Presidente de la República, la integración del
Congreso de la Unión, la reelección de legisladores y los mecanismos de
aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación.
“Creo que es necesaria una revisión de la
Constitución que permita al Estado Mexicano ser parte plena del mundo
globalizado -sin perder de vista nuestra soberanía, principios y tradición-, la
cual posibilite un redimensionamiento de los poderes de la Unión para lograr su
equilibrio y la transición del presidencialismo mexicano hacia un verdadero sistema presidencial”.
El director del Seminario de Derecho
Constitucional y de Amparo de la Facultad de Derecho, Francisco Venegas Trejo,
aseveró que lo importante no es contar con una vieja o nueva Constitución, sino
que sea dicha norma la que regule al Estado y no que éste la margine. Además,
agregó, es el documento jurídico y político fundamental por excelencia que
propició la vida pacífica en el siglo XX.
La Carta Magna, reconoció, no es
inmutable: debe ser actual, vigente y útil. Sin embargo, existen preceptos
esenciales e inmodificables como los de la democracia, la soberanía del pueblo,
la división de poderes, así como los principios de justicia social, enfatizó.
“Lo más conveniente es que se realice una revisión integral, para el avance y
el progreso de México”, apuntó.
De acuerdo con un conteo de la última
edición de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de
la Secretaría de Gobernación, los artículos constitucionales modificados por
reforma, adición o derogación desde 1917 hasta agosto de 2001 suman 418,
incluidos transitorios y fe de erratas.
Un comparativo similar –que no incluye fe
de erratas ni transitorios- realizado por el profesor de la FD de la UNAM,
Ernesto Román Galán, arroja que “en 151
decretos reformatorios, la Constitución se ha modificado 405 veces hasta agosto
de 2001”.
De esta manera, existen diferentes
criterios para definir el número de cambios que se han realizado a la Carta
Magna. Por ejemplo, atendiendo a la cantidad de decretos reformatorios, los
cuales contienen diversas modificaciones, adiciones y derogaciones, así como el
contar la suma de transformaciones y agregados que contiene cada uno de los
decretos.
En su desglose de las reformas hechas a
la Constitución por periodos presidenciales, Román Galán detalló que destacan
por su menor número las llevadas a cabo a iniciativa de los presidentes Emilio
Portes Gil y Adolfo Ruiz Cortines, y en mayor medida están los casos de los
mandatarios Miguel de la Madrid y Ernesto Zedillo.
Durante la Revolución Mexicana se tocaron
a fondo las cuestiones sociales, con el apoyo y la autoridad del Estado. De las
alternativas posibles que tenía el movimiento triunfante: restablecer en su
integridad la Constitución de 1857, introducirle reformas o convocar a un
Congreso Constituyente, prevaleció la última.
En congruencia con esta decisión,
Venustiano Carranza expidió -el 11 de septiembre de 1916- el decreto para la
formación de un Congreso Constituyente. Las elecciones para diputados tuvieron
lugar el 22 de octubre y éstos se
reunieron en la Ciudad de Querétaro a partir del 20 de noviembre del mismo año.
La Junta inaugural del Congreso
Constituyente se efectuó el primero de diciembre de 1916, acto en el que
Venustiano Carranza leyó un discurso y entregó el proyecto de Constitución
reformada.
En el seno del Congreso las tendencias se
enfrentaron: la de los “renovadores”, que apoyaban el proyecto presidencial de
Constitución, frente a la de los radicales, que pretendían -y lo lograron-
incluir como derechos fundamentales y como preocupación impostergable del
Estado, preceptos útiles para atender y evitar la explotación de los
trabajadores, así como la concentración de la propiedad de la tierra agrícola,
con el fin de procurar su distribución a favor de los campesinos
Conforme al registro del Diario de los
Debates, figuraron 285 diputados electos; en el original de la Constitución
aparecen 206 firmantes y, según la lista oficial de participantes, fueron 218
los miembros del Congreso Constituyente.
El Congreso trabajó 48 días, con un
quórum promedio de 140 diputados, congregados en el Teatro Iturbide.
El 31 de enero de 1917, el Congreso
Constituyente clausuró su periodo único de sesiones, el 5 de febrero fue
promulgada la Carta Magna, y el primero de mayo de ese mismo año entró en
vigor. Llevó por título: “Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
que reforma la del 5 de febrero de 1857”.
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PIES DE FOTO
Foto 1
El actual panorama social y político
de México no es adecuado para pensar en una nueva Carta Magna, señaló María del
Pilar Hernández, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
Foto 2
En las sociedades actuales no es
fácil hacerle frente a la promulgación de un nuevo texto constitucional,
destacó Cecilia Mora, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.