Boletín UNAM-DGCS-067
Ciudad Universitaria
Pies de foto al final del boletín
LA LEY, CAMINO PARA ENCAUZAR LA LIBERTAD DE LOS INDIVIDUOS
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El director de la
Facultad de Derecho, Fernando Serrano Migallón, inauguró el Foro Internacional:
¿Informar es un crimen? Responsabilidad jurídica de la prensa: ¿civil o penal?
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La
responsabilidad jurídica de la prensa debe darse por la vía civil y no penal,
se pronunciaron los ponentes, periodistas y juristas nacionales y extranjeros
La ley no puede ser un muro,
sino un camino para encauzar la libertad de los individuos y, al ejercerla,
quienes gozan de ese derecho irrenunciable deben estar conscientes del poder
que tienen e identificar su trabajo con una función social al servicio de los
valores que definen a cada pueblo y nación, afirmó el director de la Facultad
de Derecho (FD) de la UNAM, Fernando Serrano Migallón.
Al inaugurar el Foro
Internacional: ¿Informar es un crimen? Responsabilidad jurídica de la prensa:
¿civil o penal”, el titular de la FD sostuvo que este tema debe ser abordado tanto
desde la obligación inherente al que comunica, como de la libertad necesaria
para ejercer su oficio. “Libertad y responsabilidad son dos elementos
indivisibles de una misma realidad cotidiana”, aseguró.
Serrano Migallón aseveró que
la dinámica de nuestro tiempo exige esfuerzos compartidos entre el poder
público y quienes ejercen el oficio de crear y de expresarse. Ante la
velocidad y la gran cantidad de
contenidos de la comunicación contemporánea -como en ningún otro caso- las
necesidades actuales de la sociedad son las de la libertad.
En el auditorio Ius Semper
Loquitur de la FD, los ponentes participantes -periodistas y juristas
nacionales y extranjeros- coincidieron en pronunciarse porque la
responsabilidad jurídica de la prensa sea por la vía civil y no penal.
El académico del Instituto de
Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM, Miguel Carbonell, consideró que se
les debe exigir a los medios cierta diligencia al dar a conocer la información.
Pero que se apeguen a la verdad, es excesivo.
Al respecto, argumentó que la
libertad de expresión no se ha establecido para decir mentiras o difamar a las
personas, aunque la obligación de que todo lo que se publique sea verdadero
quizá esté fuera de los alcances cotidianos de un ejercicio comunicativo profesional.
En los términos absolutamente
“vagos, equívocos, potencialmente arbitrarios” de la ley, dirimir por vía penal
cuestiones de límites a la libertad de expresión y de imprenta es cometer una
especie de “suicidio democrático”, acotó.
Revisar las leyes que,
insistió, “darían sonrojo” en cualquier país democrático, pone en evidencia que
en México lentamente se ha llevado a cabo una transición política, pero falta
mucho por recorrer para lograr un cambio jurídico.
En su momento, el relator
Especial para la Libertad de Expresión de la OEA, Eduardo Bertoni, subrayó que
la amenaza de recibir una sanción penal no debe coartar la libertad de
expresión, porque se deja de contribuir a su ejercicio pleno cuando se trata de
asuntos relacionados con la formación de la opinión pública y con el flujo de
informaciones de interés de la sociedad.
La difamación penal no es una
restricción justificable de la libertad de expresión, por lo que debe derogarse
esta legislación y sustituirse, conforme sea necesario, por leyes civiles que
sean apropiadas.
La situación en Latinoamérica
no es halagüeña en este sentido. Son muy pocos los países que han derogado las
leyes de desacato, como Argentina, Costa Rica, Paraguay. Sin embargo, existe la
utilización de la legislación de difamación criminal usada de la misma manera
que la anterior.
Instó a los gobiernos a
revisar su legislación en esta materia para adecuarla a los estándares
internacionales, así como a la jurisprudencia de la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH)
A su vez, Toby Mendel,
director jurídico de Artículo XIX, apuntó que cualquier limitación al libre
flujo de información es impotencia para la libertad de expresión. Por ello,
manifestó la inconveniencia de las leyes penales para regular la información.
Ante esto, se pronunció por
soluciones de corte civil, pero con los principios adecuados y una regulación
más atinada. Entre las primeras, mencionó la carga de la prueba; es decir, no
es el acusado el que tendrá que revertirla sino los acusadores los que deberán
probar la verdad de la difamación.
En su intervención, Joel
Simón, del Comité de Protección a Periodistas (CPJ) de Nueva York, pidió que la
difamación criminal se ventile en el ámbito civil y no en el penal, y dio a conocer que hay más de 130
periodistas encarcelados en el mundo, la mayoría de China, Nepal y otros países
de África. En América, sólo un periodista está en la cárcel –en Cuba–, mientras
en Europa hay otro más.
Precisó que en las naciones
democráticas no se encarcela a los periodistas por lo que escriben. Esa
práctica, en el presente, se limita a gobiernos autocráticos, inmunes a las
peticiones internacionales.
Nunca se debe recluir en
prisión a los especialistas del ramo dedicados a escribir, transmitir y
publicar. Las leyes contra la difamación criminal, dijo, son en esencia
antidemocráticas debido a que reprimen el debate público y censuran la crítica
de funcionarios.
Durante el año pasado, agregó,
cinco periodistas fueron asesinados en Colombia, Brasil y Venezuela. Aunque es
una cifra alta, en la última década los ataques violentos contra la prensa
latinoamericana se han reducido.
En su turno, el presidente del
Grupo Reforma, Alejandro Junco, coincidió en que los jueces de lo civil, a
petición de parte privada y no oficial, son quienes deben -en todo caso-
castigar a quien emplea mal las palabras en el ejercicio periodístico.
No ignoramos, dijo, que
existen malos periodistas, pero aún así el castigo civil es el apropiado, pues
la historia ha enseñado que más vale el exceso de libertades que el peligroso
abuso de poderes.
“El absurdo de querer poner a
los periodistas entre quienes roban, violan, matan y secuestran es a tal grado
una aberración, que el quitarle a la difamación el carácter del delito
castigado con la cárcel, se ha vuelto una causa mundial que promueven una
amplia gama de organizaciones de derechos humanos”, sentenció el presidente de
Grupo Reforma.
Desde su óptica, México
necesita transformaciones de fondo, las cuales deben darse a través de la
palabra y no de la violencia. La sociedad, abundó, está hambrienta de
información veraz y de un periodismo que no se intimide por el poder.
En su oportunidad, el
periodista Miguel Angel Granados Chapa expuso que el anterior sistema político
-cerrado y autoritario- mantenía a raya a los medios de comunicación, a través
de la corrupción y la represión.
Sin embargo, la apertura de
éste trajo, entre otras consecuencias, la eliminación de dichos modos de
entendimiento avasallador.
Pese a ello, en la actualidad
la legislación está siendo desempolvada y se convierte en un riesgo, pues es a través de mecanismos judiciales
lícitos como se puede acometer contra los medios. “Ese es el riesgo de que la
comunicación sea sujeta de penalización, y por ello es necesario despenalizar
su ejercicio”.
Por su parte, Armando
González, del Diario La Nación de San José de Costa Rica, coincidió en que sin
duda debe haber despenalización, pero acompañada de reglas civiles que pongan
la carga de la prueba en los hombros del demandante y lo obliguen a demostrar
la falsedad de los hechos que le conciernen o la existencia cuando menos de
dolo eventual.
Finalmente, planteó necesario
incorporar a la legislación los conceptos de reportaje neutral o reproducción
fiel.
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Pie de foto 1
Eduardo Bertoni,
relator especial para la libertad de expresión de la OEA, durante su
participación en el Foro Internacional “¿Informar es un crimen?.
Responsabilidad jurídica de la prensa: ¿civil o penal?”
Pie de foto 2
Joel Simón, del Comité
de Protección a Periodistas de Nueva York, Estados Unidos, aseguró que hay más
de 130 periodistas encarcelados en el mundo, durante su ponencia en Foro
Internacional “¿Informar es un crimen?. Responsabilidad jurídica de la prensa:
¿civil o penal?”.
Pie de foto 3
Fernando Serrano Migallón, director de la Facultad de Derecho, y Toby Mendel, director jurídico de Artículo XIX, de Inglaterra, en la ceremonia inaugural de dicho foro