06:00 hrs. Junio 11 de 2002


Boletín UNAM-DGCS-0515

Ciudad Universitaria

 

 

Pies de fotos al final del boletín

 

EL PRESIDENCIALISMO HA QUEDADO ATRÁS Y LOS PODERES ESTÁN EQUILIBRADOS

 

·        Juan Silva Meza, ministro de la SCJN, afirmó que en la medida en que cada uno de los poderes se ciña a sus facultades constitucionales, el país caminará hacia una verdadera y sólida democracia

·        El Poder Judicial Federal y la SCJN deben actuar con madurez y responsabilidad, agregó

 

El presidencialismo ha quedado atrás y, por lo tanto, los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial no deben estar uno encima del otro, sino por debajo de la Constitución. Tampoco existe  supremacía del Poder Judicial, porque eso no es lo que la sociedad reclama y necesita, aseguró Juan Silva Meza, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

 

Al participar en el seminario Justicia constitucional y nueva relación entre los poderes, organizado por la Facultad de Derecho, consideró que en la medida en que cada uno de los poderes de la Unión se ciña estrictamente y con rigor a sus facultades constitucionales, “seguiremos caminando hacia la construcción no de un buen sistema de control constitucional, sino de una verdadera y sólida democracia”.

 

En el salón “Maestros eméritos” de la Antigua Escuela de Jurisprudencia, dijo que en los últimos años México ha transitado por la vía de la interpretación, hacia un mejor sistema de control constitucional, mismo que, siendo perfectible, trata de responder a la realidad de nuestra transición democrática.

La población sí quiere equilibrio, autonomía e independencia; la SCJN propicia el primero, y ejerce las dos últimas.

 

“Transitamos hacia un sistema en que los contenidos de la Constitución deben predominar sobre los tres poderes, mientras que éstos deben concretarse a ejercer, en exclusiva y con puntualidad estricta, las facultades que la norma fundamental les otorga”, añadió.

 

En ese sentido, el Poder Judicial de la Federación y la SCJN deben actuar con madurez y responsabilidad, y no sobrepasar su marco constitucional ni legal, pues con dicho actuar se confirmará su legitimidad ante la soberanía popular. Ese compromiso hará que sus fallos sean confiables para la sociedad y para los demás poderes.

 

El ministro explicó que una constitución, no obstante su rigidez, puede ser un ordenamiento cambiante y dinámico, como la misma sociedad que le da vida. Una de las formas a través de las cuales se ajusta a la realidad es mediante la interpretación constitucional.

 

“Tan importante como la creación de las normas –recalcó- es la determinación de sus alcances. A través de la interpretación, se establece un sistema que forma parte de un aparato de control de la regularidad constitucional de los actos públicos”.

 

Ante el cuestionamiento de los contenidos normativos y del propio ejercicio del poder público, donde los mecanismos y procedimientos tradicionales de resolución de controversias pareciera que han sido rebasados, la interpretación constitucional adquiere gran trascendencia y la vía privilegiada para solucionarlas es la jurisdiccional.

 

Todo proceso de transición requiere seguridad, y corresponde brindarla a los órganos que con objetividad e imparcialidad realicen una adecuada interpretación de las normas, en este caso constitucionales.

 

Recordó que en México la jurisdicción constitucional se había desarrollado de manera predominante mediante el juicio de amparo contra normas generales. Sin embargo, en los últimos tiempos también ha sido a través de otros dos importantes medios de defensa: la controversia constitucional y la acción de inconstitucionalidad.

 

Ambos se engloban en el control normativo, el cual busca mantener el orden mediante la salvaguarda y defensa de la Carta Magna, como un límite al ejercicio del poder, y preservar con ello el orden jurídico.

 

Juan Silva refirió que se han hecho reformas a la ley suprema con el fin de transformar, fortalecer y consolidar a la SCJN en un tribunal constitucional pleno, lo cual también ha generado una nueva relación entre los poderes, que se refleja con intensidad en la vida pública del país.

 

En los últimos años se ha vigorizado su carácter de órgano responsable de velar por la constitucionalidad de los actos de la autoridad pública, y llevar a sus últimas consecuencias el principio de supremacía constitucional.

 

Hasta ahora, la SCJN, en relación con controversias constitucionales, ha emitido resoluciones respecto a la reforma en materia de energía eléctrica, el horario de verano y el tema del Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa).

 

Asimismo, en materia de acciones de inconstitucionalidad, las relativas a la reforma a la legislación penal del DF; la referente a la participación de las fuerzas armadas en cuestiones relacionadas con la seguridad pública; así como la que define los criterios de representación proporcional en materia electoral, concluyó.

 

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En tanto cada uno de los poderes de la Unión se ciña estrictamente a sus facultades constitucionales, el país caminará hacia la construcción de una verdadera y sólida democracia, aseguró Juan Silva Meza, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

 

 

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Una constitución, no obstante su rigidez, puede ser un ordenamiento cambiante y dinámico, como la misma sociedad que le da vida, dijo el magistrado. A la izquierda, Fernando Serrano Migallón, director de la Facultad de Derecho de la UNAM.