Boletín UNAM-DGCS-986
URGE UNA REFORMA
CONSTITUCIONAL A FONDO QUE GARANTICE UN EQUILIBRIO DE GOBIERNO
·
La Constitución de 1917 no cumple con los objetivos básicos de su
rango: Luis Molina Piñeiro, catedrático universitario.
·
El Poder Legislativo Mexicano carece de la fortaleza constitucional
necesaria para cumplir su función, opinó.
La Constitución de
1917, que rige actualmente a la nación, no cumple con los objetivos
fundamentales, tales como ser producto del consenso social, definir las reglas
del juego político, social, económico, así como garantizar la estructura de
gobierno libre, opinó Luis Molina Piñeiro, catedrático del posgrado de la
Facultad de Derecho (FD), al tiempo de acusar la inexistencia de garantías en
defensa de los derechos sociales.
En el marco del
ciclo de conferencias Qué es la Constitución Mexicana. Por qué y para qué
reformarla, Luis Molina, explicó que la Carta Magna fue creada con el interés
primordial de salvaguardar el poder y proteger al Ejecutivo en detrimento del
Legislativo, Judicial, de la Federación y los municipios, lo cual no va de
acuerdo con los tiempos políticos que hoy vive la nación donde es menester una
auténtica distribución de obligaciones y derechos para gobernar, añadió.
Reconoció que pese
a la inminente urgencia de un cambio constitucional, éste se encuentra en manos
de los actores políticos y definitivamente “será difícil que lo lleven a cabo
debido a los grandes intereses y las garantías para conservar el poder que la
Carta Magna les ofrece”.
Luis Molina expresó
su preocupación ante la debilidad del Legislativo mexicano, la cual no tiene
que ver únicamente, dijo, con cuestiones meta constitucionales, sino que desde
el propio diseño se encuentra atado, toda vez que si bien es cierto que cuenta
con ciertas atribuciones, el Ejecutivo conserva algunas facultades en el ramo.
Agregó que el Poder
Legislativo mexicano es muy débil en cuanto a las funciones tradicionales que
debería implicar, como es el control del propio gobierno.
En términos de
participación, el catedrático universitario subrayó la carencia de
consecuencias democráticas, deliberativas o de fiscalización por parte del
legislativo que carece de carreras de preparación, débil presupuesto y
atribuciones débiles para controlar al Ejecutivo.
Por otra parte,
Luis Molina cuestionó la ausencia dentro de la Carta Magna, de mecanismos
efectivos que garanticen la protección de los derechos sociales, tales como
salud, vivienda y educación.
Al no tener
garantías jurídicas este tipo de derechos, acotó, se cumplen medianamente a
través de una legislación ordinaria e instrumentos políticos como el
clientelismo.
Por tanto, explicó,
no es posible recurrir a un instrumento semejante al juicio de amparo para
tratar de exigir una garantía social como podría ser la construcción de
escuelas u hospitales.
Lo más grave de
todo, subrayó el jurista, es que la Constitución de 1917 fue un instrumento de
dominación política, e imposición de un modelo económico nacionalista sin
apertura al exterior que fue usada durante muchos sexenios a manera de un
programa con sus respectivas reformas, pero se convirtió en un instrumento para
el régimen en el poder sin que cumpliera con su función estrictamente
normativa.
-o0o-