06:00 hrs. Agosto 25 de 2001


Boletín UNAM-DGCS-823

 

 

 

NECESARIA UNA POLÍTICA ECOLÓGICA DE ESTADO: GABRIELA RÍOS GRANADOS

 

·        La integrante del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM se pronunció por la aplicación de una política ecológica preventiva

·        El asunto no es el diseño de leyes sino su ejecución en el tiempo, señaló la especialista

 

 

México requiere de una política de Estado en materia ecológica que se apoye no sólo en instrumentos impositivos, sino que controle y administre las normas oficiales y aplique una verdadera política preventiva, no correctiva, afirmó Gabriela Ríos Granados, investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM.

 

El asunto no es el diseño de leyes, sino su ejecución en el tiempo. Los reglamentos ya los tenemos, pero no contamos con leyes específicas, indicó Ríos Granados al señalar que los instrumentos económicos van a resolver una parte del problema, pero éstos deberán formar parte de una estrategia ecológica realmente de Estado.

 

“El impuesto ecológico tiene fácil acceso para el contribuyente, aunque lo principal es que éstos realmente se apliquen a la prevención del daño ecológico, o formen parte de fondos para restaurar zonas dañadas y hacer una cultura preventiva”, subrayó la también catedrática del posgrado de la Facultad de Derecho.

 

En materia de ecología son muchas acciones las que hay que realizar, aunque el actual gobierno ya tomó su cauce en este ámbito, se preocupa por él y hace su mejor esfuerzo, puntualizó la especialista en contribución por gasto en razón del deterioro del medio ambiente.

 

Actualmente, agregó, se legisla al respecto y parece que los impuestos ecológicos no son tan agresivos como para que el contribuyente no quiera pagarlos. “Son impuestos que se pueden asimilar y pagar”.

 

En opinión de Ríos Granados las exenciones son un buen instrumento fiscal, “incluso se ha llegado a cuestionar qué tan buenos incentivos son los impuestos para corregir la actividad contaminadora, porque llegar bajo la estructura de un impuesto ecológico puede no cubrir ciertos principios de justicia tributaria y ser confiscatoria”.

 

Los instrumentos que actualmente rigen al país en esta materia son: Ley de Planeación, Ley General de Equilibrio Ecológico, Protección del Ambiente (LEGEPA), Ley de Conservación del Suelo y Agua, Ley Minera, Ley de Aguas Nacionales, Ley Federal de Casa, Ley Agraria, Ley Federal de Turismo, Ley de Pesca, Ley Fundamental sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Ley Forestal, Ley General de Asentamientos Humanos, Ley General de Bienes Nacionales, Ley sobre Zona Exclusiva de Pesca de la Nación y Ley Federal de Mar.

 

Todas estas leyes y sus respectivos reglamentos muestran que México está dentro de la política internacional en este campo. Lo único que está recogiendo son los planteamientos internacionales de los protocolos internacionales a la protección del medio ambiente, porque ya están legislados los instrumentos en la Ley del Ordenamiento.

 

 

Sin embargo, abundó la doctora Gabriela Ríos, para poder hacer un verdadero análisis de un impuesto extra fiscal no debe de estar únicamente en las declaraciones de los debates, sino que se debe establecer en los elementos del impuesto el fin extra fiscal.

 

La investigadora universitaria recordó que los impuestos ecológicos surgen en 1988 con la Ley General de Equilibrio Ecológico, Protección del Ambiente, instrumento que establece el marco de política ecológica en México. Esta Ley tiene aplicación general y es materia federal, y está dentro del discurso de la política ecológica a nivel internacional que surge con la convención de Estocolmo, concluyó.

 

 

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