16:30 hrs. Febrero 21 del 2001


Boletín UNAM-DGCS-170

 

EL TRIBUNAL UNIVERSITARIO

 

La Dirección General de Comunicación Social considera importante informar sobre la integración y funciones del Tribunal Universitario.

 

1.- Este órgano es la instancia disciplinaria que se han dado los universitarios para conocer de aquellos casos en los que alumnos o académicos violentan el ambiente de concordia y libre expresión y discusión de las ideas, o tienen conductas que transgreden las normas de convivencia derivadas del marco jurídico de la Universidad.

 

2.- El Tribunal Universitario es un órgano colegiado, independiente de la administración central de la Universidad, integrado por académicos y estudiantes que, elegidos por sus comunidades, forman parte de los Consejos Técnicos de las entidades académicas de la UNAM.

 

3.- Está conformado por cinco universitarios con derecho a voz y voto. El presidente del mismo, quien es el más antiguo de los profesores del Consejo Técnico de la Facultad de Derecho; por el investigador de mayor antigüedad del Consejo Interno del Instituto de Investigaciones Jurídicas; por el profesor con mayor antigüedad en el Consejo Técnico de la facultad o escuela a que se refiera el asunto bajo análisis, y por dos alumnos del Consejo Técnico del mismo plantel.

 

 

4.- Una vez que el presidente del órgano recibe las actas con la denuncia correspondiente a una presunta violación de la legislación universitaria, notifica a quienes son señalados en las mismas, asigna fecha para audiencia y convoca a la instalación del Tribunal. Todo esto en estricto apego a los tiempos que le marca su Reglamento interno. En la fecha señalada, el pleno se reúne para desahogar la audiencia y, una vez ocurrido esto, evalúa el conjunto de las pruebas aportados por las partes, y procede a dictar su resolución.

 

5.- Las resoluciones del Tribunal Universitario pueden ir desde una amonestación, hasta una suspensión temporal o la expulsión definitiva. En caso de inconformidad, los involucrados pueden acudir ante la Comisión de Honor del Consejo Universitario para que se revise la resolución.

 

 

 

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