15:30 hrs. Febrero 14 del 2001


Boletín UNAM-DGCS-135

José Gamas
Ignacio Burgoa

 

DEJADEZ Y NO RAZONES JURÍDICAS, ORIGEN DEL  ABANDONO INDÍGENA: IGNACIO BURGOA ORIHUELA

 

 

·        No confundir el reconocimiento a la autonomía de los pueblos indígenas con su independencia del Estado, señaló el maestro emérito

·        José Gamas, ex embajador de México en Australia, a favor de leyes estatales para esas comunidades

·        Inició el Diplomado de Invierno “Reflexiones Constitucionales: Derecho y Cultura Indígenas”

 

El abandono, miseria y analfabetismo de los pueblos indígenas en México es producto de la dejadez en los ámbitos federal, estatal y municipal, afirmó Ignacio Burgoa Orihuela, maestro emérito de la Facultad de Derecho (FD).

 

Desde el punto de vista jurídico este sector de la población se ubica en la misma situación que todos y cada uno de los millones de mexicanos que formamos parte de la nación, dijo durante su participación en el Diplomado de Invierno Reflexiones Constitucionales: Derecho y Cultura Indígenas.

 

Los pueblos indígenas de México, agregó, son núcleos de población y, como tales, tienen personalidad jurídica de acuerdo con lo previsto en el artículo 27 constitucional. “Si en la realidad no se les ha respetado se debe al incumplimiento de nuestra Carta Magna y de las leyes”.

 

Lo anterior, dijo, se ratifica a través de lo que hoy señala el artículo 4º de la Constitución, que en su epígrafe dice: los pueblos indígenas tienen el derecho de ser respetados y protegidos en su cultura, su lengua, sus costumbres y sus autoridades.

 

En el Auditorio Themis de la Facultad de Derecho, el jurista añadió que los miembros de los pueblos indígenas gozan de garantías individuales consagradas en la Carta Magna de nuestro país.

 

Al dictar la conferencia Las comunidades indígenas y las garantías individuales: una propuesta constitucional, aseveró que no obstante ese reconocimiento “no debe ser signo de independización de nuestros pueblos indígenas del Estado mexicano, como los pretenden los mal llamados convenios de San Andrés Larraínzar”.

 

Para proteger a los pueblos indígenas y a sus integrantes, consideró, no debe reformarse la Constitución, porque ya los protege. Propuso que el Congreso de la Unión expida una Ley Reglamentaria del Artículo 4º de la Constitución en Materia de Pueblos Indígenas.

 

En su oportunidad, José Gamas Torruco, ex embajador de México en Australia y Nueva Zelanda, trató el tema Los grupos indígenas y los derechos sociales en la Constitución de 1917 y destacó: “no existe un problema indígena, sino múltiples problemas indígenas, pues cada comunidad tiene características particulares.

 

El especialista planteó la necesidad de formular leyes estatales, porque la situación de los indígenas es distinta en cada estado. Para ello, insistió, habrían de desarrollarse principios que pueden quedar en la Constitución de la República, pero que después se conviertan en ley estatal.

 

Este trabajo, acotó, valdría la pena realizarlo a partir de la división municipal, toda vez que, de acuerdo con el Instituto Nacional Indigenista, de los 10 millones de indígenas que habitan en México en dos mil 412 municipios, en 803 se ubica por lo menos el 30 por ciento de esta población.

 

Luego de comentar que en los estados de México, Hidalgo, Puebla, Veracruz, Guerrero, Oaxaca, Chiapas y Yucatán se concentra principalmente la problemática indígena del país, aunque también hay grupos importantes en Sonora, Chihuahua y Nayarit, José Gamas Torruco indicó que la marginación debe resolverse en materia económica, lo cual no atañe a la Constitución.

 

Agregó que el 96.5 por ciento de esa población vive en municipios cuyo grado de evolución económica es muy bajo. “Tenemos que encontrar caminos que por  lo menos nos den cierto grado de certeza de que vamos a lograr algo con ellos: su desarrollo y su efectiva integración, con el respeto a sus culturas”, concluyó.

 

 

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