18:00 hrs. Enero 19 del 2001
EL TEPJF CARECÍA DE FACULTADES PARA NOMBRAR AL CONSEJO ELECTORAL EN
YUCATÁN: IGNACIO BURGOA
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La sentencia de ese órgano jurisdiccional es
nula y no debe obedecerse aseguró el jurista
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Espurio, el consejo electoral nombrado por
el Tribunal Electoral Federal
El
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) carecía de
competencia para intervenir en la designación de consejeros electorales en
Yucatán, afirmó Ignacio Burgoa Orihuela, profesor emérito de la Facultad de
Derecho (FD) de la UNAM.
La
Constitución General de la República, explicó, así como las leyes Orgánica del
Poder Judicial de la Federación y General del Sistema de Medios de Impugnación
en Materia Electoral, expresamente señalan:
el TEPJF sólo tiene competencia en las cuestiones electorales de las
entidades federativas, cuando algún acto o resolución de las autoridades locales
en la materia viole directamente un precepto de la ley fundamental.
En
la demanda de revisión constitucional, interpuesta por el Partido de la
Revolución Democrática en Yucatán, en contra del decreto emitido por el Congreso
de ese estado -que ratificó a los consejeros electorales-, sólo se expusieron
argumentos sobre violaciones a las leyes electorales de la entidad y no de la
Constitución, indicó el jurista.
Por
este motivo, precisó, al no existir una contravención a la Constitución, el
TEPJF carecía de competencia para revocar el decreto emitido por el poder
legislativo local relativo al consejo electoral yucateco.
Burgoa
Orihuela sostuvo que la competencia es requisito procesal esencial para que la
resolución de una autoridad tenga validez, como lo establece el Artículo 16
constitucional.
El
hecho de que la sentencia sea inimpugnable y definitiva, y contra ella no
proceda recurso legal alguno, no significa que sea válida; esa resolución es
absolutamente nula, por carecer de competencia el Tribunal. En consecuencia, la
sentencia emitida el 12 de octubre por el TEPJF no debe obedecerse por los
legisladores de Yucatán, apuntó.
Sin
embargo, dijo, el Tribunal Electoral Federal fue más allá y se atribuyó la
facultad, sin fundamento legal, de insacular a los consejeros e integrar un
consejo electoral nombrado por él.
El
catedrático de la FD calificó como ilegítimo y espurio al consejo electoral
nombrado por el máximo órgano jurisdiccional en materia electoral.
La
sentencia del TEPJF, agregó, trastorna el régimen federal, y si sienta
precedentes, el Tribunal podría aniquilar la autonomía electoral de las
entidades federativas.
Por
tal motivo, concluyó, los magistrados del TEPJF están en situación delicada,
porque en su sentencia violaron la Constitución.
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