Boletin: UNAM-2000/709
Lugar: Ciudad
Universitaria
Fecha: Viernes, 27 de
Octubre de 2000
LA LEGISLACIÓN CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL, LA MÁS AVANZADA
A NIVEL MUNDIAL: JULIÁN GÜITRÓN
El Código Civil del
Distrito Federal es, comparativamente, la legislación en la materia más
avanzada del mundo porque reivindica a la mujer y protege la dignidad de los individuos y las
familias, sostuvo el jurista Julián Güitrón Fuentevilla, catedrático de la
Facultad de Derecho (FD) de la UNAM.
En el sistema actual, afirmó, el padre de niños nacidos
fuera de matrimonio está legalmente obligado, al igual que la madre, a
reconocer a esos menores, para lo cual se estableció como obligatoria la prueba
genética de la paternidad y la misma ley presume que ésta es real cuando hay negativa
a someterse a este tipo de medidas probatorias.
Al dictar la conferencia magistral "El nuevo Código
Civil para el Distrito Federal: la trascendencia de su contenido", en el
auditorio de la Unidad de Posgrado de la FD, el especialista en derecho
familiar indicó que también se le asigna valor económico al trabajo que
realizan en el hogar las amas de casa, por ello se equipara a las cantidades
que le suministra su marido.
Además, en el caso de matrimonio bajo el régimen de
separación de bienes, el cónyuge que se ha dedicado preferentemente a las
labores domésticas tiene derecho a percibir, en caso de divorcio, una
indemnización equivalente al 50 por ciento del valor de los bienes que el otro
hubiera adquirido para sí durante el matrimonio.
Guïtrón Fuentevilla señaló que otro aspecto trascendente
contenido en el nuevo ordenamiento civil de la capital del país, es la
obligación alimentaria, aspecto en el que antes era común que se pusieran de
acuerdo patrones y trabajadores para evadirla.
La nueva normatividad, explicó, establece la
responsabilidad solidaria del patrón que altera la documentación relativa al
salario que paga a sus trabajadores cuando están obligados a aportar una parte
de sus ingresos para el mantenimiento de su familia; de este modo, si se
comprueba la falsedad en las cifras, el empleador deberá pagar la diferencia al
acreedor alimentario.
El nuevo Código Civil para el Distrito Federal, manifestó
Julián Güitrón, incluye, también, la perspectiva de género, al eliminar las
restricciones temporales a que estaba
sujeta la mujer divorciada que quería contraer nuevas nupcias.
Ahora la mujer, al igual que el hombre, se puede volver a
casar libremente en cualquier momento posterior al divorcio, con sólo exhibir
un certificado médico de no gravidez, para evitar posibles controversias en
torno a la paternidad del niño por nacer.
Güitrón Fuentevilla destacó, asimismo, la nueva regulación
del concubinato, que con anterioridad sólo significaba acceso a la sucesión del
concubino que hubiera fallecido.
Hoy se puede acreditar la existencia del concubinato de una
pareja a partir de los dos años de convivencia o bien del momento en que tienen
un hijo y, en consecuencia, se tiene derecho a exigir el cumplimiento de la
obligación alimentaria por un tiempo igual al que haya durado el concubinato.
En cuanto a la infancia, el jurista manifestó que la nueva
legislación civil del Distrito Federal protege más a los niños, al obligar a
los jueces a tomarlos en cuenta en todo procedimiento judicial de divorcio,
para darles así mejor protección.
Otro aspecto relevante, agregó, es que han desaparecido los
calificativos que se asignaban a los niños de acuerdo a las condiciones de su nacimiento,
si eran expósitos, adoptivos, etcétera, y se eliminó la distinción entre los
hijos nacidos de matrimonio y los nacidos fuera de matrimonio.
Por otra parte, el régimen de las adopciones brinda mayor
seguridad a los menores, con la desaparición de la adopción simple, que podía
ser revocada por el adoptante y sólo subsiste la adopción plena, que es
irrevocable.
Precisó que en la adopción simple el impedimento para
contraer matrimonio entre el adoptante y el adoptado era dispensable por la
autoridad, pero en la actualidad, al existir sólo la adopción plena, no podrán
darse esos matrimonios, pues el impedimento no es dispensable. Por último, Güitrón Fuentevilla destacó que
otra innovación protectora de los menores en la nueva legislación civil del
Distrito Federal es la introducción, como causal de divorcio, de las injurias,
sevicias y amenazas dirigidas contra los hijos y no sólo contra uno de los
cónyuges.
Sobre este tema, el catedrático de la Facultad de Derecho
de la UNAM expuso que el nuevo sistema permite a la autoridad judicial adoptar
medidas cautelares en los casos de violencia familiar, para impedir que el
acusado de esas conductas pueda volver a incurrir en ellas.
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