Boletin:          UNAM-2000/519

Lugar: Ciudad Universitaria

Fecha: Viernes, 01 de Septiembre de 2000

 

EL TRANSPLANTE DE ÓRGANOS, DESMITIFICA LA CONCEPCIÓN DEL CUERPO HUMANO

 

 

La donación de órganos pone en juego la manera de concebir y asumir la relación con el cuerpo humano, su naturaleza y los límites para disponer deél, afirmó Juliana González, catedrática emérita de la Facultad de Filosofía y Letras (FFyL).

 

Durante su intervención en la segunda jornada del seminario “Temas selectos de derecho y salud”, la académica se refirió a los aspectos éticos del trasplante de órganos y destacó que el tema requiere ser abordado con prudencia, para no soslayar los límites éticos necesarios para todo avance tecnológico.

 

Esto plantea, consideró, la confrontación entre las distintas visiones del cuerpo humano que tienen la religión y la ciencia: una visión sacralizada y atávica, por un lado, y la otra que a veces no distingue el cuerpo humano del animal.

 

De lo que se trata, expresó la académica, es de repensar el cuerpo no como una mercancía, sino como un valor que le dé un nuevo sentido a la existencia humana.

 

En la segunda sesión del seminario organizado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) también se analizaron las reformas a la Ley General de Salud en materia de trasplantes, en una mesa redonda en la que participaron Ingrid Brena Sesma, del IIJ; Mario Melgar, profesor de la Facultad de Derecho e Iram Ramírez Tena, del Consejo Nacional de Trasplantes.

 

Mario Melgar explicó que en las reformas a la legislación en materia de trasplantes se buscó facilitar esta práctica al eliminar la exigencia del consentimiento por escrito del donador, por la aceptación tácita o presunta por parte del donador y que se pidiera, además, la aprobación de los familiares.

 

Estas reformas, precisó, modificaron los conceptos de vida y muerte, y obligaron a repensar qué es el cuerpo, cuáles son sus partes y a quién pertenece. En este aspecto, señaló, el derecho sobre el cuerpo se ve superado por el derecho a la vida y, sobre todo, por el derecho constitucional a la salud.

 

El académico mencionó que las nuevas disposiciones legales establecen que el transplante de órganos se debe realizar exclusivamente con fines terapéuticos y no científicos, para evitar la generación de un mercado de órganos, lo cual constituye un delito y se agravó la penalidad con las reformas. Se prohibe, asimismo, que los menores sean donadores vivos, con excepción de los trasplantes de médula ósea, por la capacidad regenerativa de ésta.

 

Un aspecto de las modificaciones a la Ley General de Salud con relación a la ablación de órganos, destacó el catedrático, es el relativo a la muerte cerebral, ahora considerada como irreversible, aunque persistan los signos vitales. Esta concepción de la muerte cerebral posibilita aprovechar el tiempo entre ésta y la desaparición de los signos vitales, de este modo, se puede disponer oportunamente de los órganos del paciente con fines de trasplante.

 

Por su parte, Iram Ramírez Tena, del Consejo Nacional de Trasplantes –órgano creado a partir de las modificaciones a la Ley General de Salud- señaló que en la actualidad se cuenta con 176 unidades autorizadas para realizar trasplantes de órganos.

 

Informó que en 1999 en estos centros se llevaron a cabo 2 mil 500 intervenciones y se espera que para el año 2003 el potencial operativo de dichas unidades crezca de dos a tres veces.

 

Ramírez Tena subrayó que una de las necesidades más urgentes para desarrollar con éxito trasplantes de órganos en México es contar con un mayor número de ambulancias, lo cual permitirá un traslado rápido de los órganos para ser utilizados en pacientes.

 

Genoma humano y discriminación

 

En la sesión también se debatió el tema del genoma humano, en una mesa en la que participaron Marcia Muñoz de Alba, Nuria González y Manuel Becerra Ramírez, del IIJ; Antonio Velázquez, del Instituto de Investigaciones Biomédicas, y Marta Sánchez, del Colegio de México.

 

Antonio Velázquez señaló que los conocimientos sobre el genoma humano y la determinación genética de ciertas enfermedades son delicados y no deben ser la vía para el surgimiento de seudociencias que justifican a movimientos eugenésicos y racistas.

 

Por el contrario, abundó, los avances en el estudio del genoma humano deben enfocarse al desarrollo de la medicina genómica, lo cual permitirá conocer el riesgo que tienen las personas de contraer ciertas enfermedades y la posibilidad de preparar medicamentos “a la medida”.

 

Asimismo, indicó, ante el riesgo real de que la genómica abra las puertas a la discriminación, se requieren políticas antidiscriminatorias activas y no pasivas.

 

Por su parte, Manuel Becerra Ramírez abordó la temática referida a la patentabilidad del genoma humano y afirmó que en la actualidad ya hay naciones donde pueden patentarse organismos multicelulares vivos, lo cual permite pensar que en el futuro se podrá dar protección jurídica a la información genética.

 

El académico refirió numerosos casos de patentes sobre líneas celulares y tejidos. Mencionó el caso de una molécula de sangre portadora de la célula “T” que produce la leucemia que fue patentada y pertenecía a una persona que no padecía esa enfermedad.

 

Derechos humanos imprescindibles en el sector salud

 

Al participar en la mesa Instituciones para la promoción y la defensa de la salud, Héctor Hernández, miembro de la Junta de Gobierno de la UNAM y representante de la Comisión de Arbitraje Médico, señaló que aún cuando los derechos humanos se plantean como imprescindibles, inalienables, irrenunciables y universales, las condiciones políticas, sociales y culturales son las que les otorgan factibilidad en un tiempo y espacio específicos.

 

En este sentido, consideró que en la relación entre los derechos humanos y la salud se presentan tres situaciones de conflicto: “primero, las políticas y programas pueden limitar ciertos derechos individuales; segundo, los problemas de responsabilidad profesional o institucional por impericia y negligencia constituyen una amenaza al derecho a la protección a la salud; y tercero, en la definición en la bases para el acceso a los servicios, los derechos humanos pueden ser afectados en los principios de igualdad y equidad”.

 

En su oportunidad, Manuel Velázco, presidente de la Comisión Nacional de Bioética, aclaró que las instituciones para la protección y promoción de la salud no fueron creadas para defender a ese sector, sino para la protección de los derechos de los pacientes y sus familiares.

 

Asimismo, puntualizó que en los últimos años la bioética se ha convertido en una disciplina indispensable para garantizar rectitud y honestidad en todas las acciones realizadas a favor de la salud y la vida.

 

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