Boletin:       UNAM-2000/453    

Lugar:         Ciudad Universitaria

Fecha:         Martes, 08 de Agosto de 2000

 

LAS LEYES DEBEN PROTEGER LA PRIVACIDAD DE LOS USUARIOS DE INTERNET

 

 

La mayor virtud de las reformas a diversos ordenamientos jurídicos como el Código de Comercio y el Código Civil para regular el comercio vía Internet, es proteger la información sobre los consumidores, afirmó Marcia Muñoz de Alba, investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

 

La académica señaló que con estas modificaciones legales se da un primer paso para una reforma de nivel más general que aún está pendiente, la cual deberá garantizar la privacidad del individuo y la confidencialidad de los datos personales que éste proporcione a los prestadores de servicios, a fin de evitar posibles violaciones que se pudieran cometer con el uso de las redes informáticas.

 

Muñoz de Alba criticó que las nuevas disposiciones del Código Penal, incorporadas en 1999, castiguen con menor severidad a quien, ilícitamente, utiliza sin autorización la información de equipos de cómputo particulares, que a aquél que hace lo mismo con los sistemas del Estado o de entidades privadas, cuando la gravedad del hecho es la misma.

 

La investigadora dijo que un ejemplo sobre el uso ilegal de información transmitida vía Internet sería la violación al secreto bancario por parte de quienes accedan a bases de datos de la banca a través de una computadora personal. En este caso, la seguridad para las operaciones de crédito realizadas a través de la red se ha dejado a las instituciones y no hay una autoridad que pueda fiscalizar las garantías que ofrecen los bancos a sus clientes.

 

Muñoz de Alba explicó que en Europa y en América Latina ya existen sistemas para la protección de los usuarios de computadoras contra posibles intromisiones en sus sistemas por parte de hackers o bien por el mal uso de la información que proporcionen al momento de realizar alguna transacción electrónica.

 

Europa, España y Francia cuentan con comisiones sobre libertades informáticas y datos personales, a las cuales pueden acudir los usuarios de redes y clientes de empresas de comercio electrónico, con el propósito de solicitar su protección contra el manejo indebido de sus datos personales.

 

En América Latina, agregó, esta protección de información personal a través de medios electrónicos se realiza a través de un recurso jurídico llamado Habeas Data, parecido al recurso del Habeas Corpus del derecho anglosajón y al amparo mexicano.

 

En México, aseguró, la respuesta en esta materia no ha sido cabal por parte de las autoridades y el individuo sigue desprotegido. En mi opinión, agregó, esta salvaguarda a la privacidad de las personas debe darse a través de una comisión tipo ombudsman, ya que las instancias judiciales no actúan con la rapidez que se requiere.

 

Muñoz de Alba apuntó que son muchos los problemas que deben resolverse para darle un enfoque jurídico al uso del Internet y a todo lo que éste implica. La tendencia, dijo, es crear una categoría jurídica autónoma e independiente de otras ramas del derecho como la civil, la penal y la comercial.

 

Uno de los problemas más grandes, explicó, es el de la extraterritorialidad del Internet, pues a través de éste podrían cometerse ilícitos en un país desde el territorio de otro, lo cual dificulta la persecución de los delitos.

 

Afirmó que una de las dificultades más graves es la posibilidad de rastrear a los hackers, que actúan a distancia para violar los sistemas informáticos. Esto implica, apuntó, crear policías informáticos, que serían técnicos especialistas, capacitados para detectar las intromisiones en los sistemas de cómputo, que es lo más difícil.

 

Respecto a la calidad de los servicios comerciales vía Internet, Muñoz de Alba explicó que la creación de un registro para las empresas que adopten esta modalidad para sus transacciones es un mecanismo demasiado complicado y de escasa utilidad.

 

Aseguró que este registro, que estará a cargo de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial (SECOFI), no basta para atraer a los usuarios de la red a celebrar contratos de compraventa por este medio. Se requiere, añadió, una gran difusión de estos mecanismos para que la gente los utilice.

 

En este punto el factor principal será la ética de los empresarios para asegurar a sus clientes la pronta y satisfactoria entrega de los productos o la prestación de los servicios, puntualizó.

 

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